-
Información sobre la gestión de los RCD,s de las obras que se llevan al Punto de Acopio2024-03-20 08:35:42Info General
La Ley 22/2011, de 28 de julio, residuos y suelos contaminados permitía mezclar los residuos mixtos ante la falta de espacio en las obras, siendo en la propia planta de reciclaje donde se procedía a la segregación para su posterior tratamiento.
Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley 7/2022, de 8 de abril, se obliga la demolición selectiva y a que la separación se haga en la obra.
En concreto, se trata de separar inertes de los productos peligrosos para aprovecharlos y no poner en riesgo a los operarios de las obras y plantas.
Es por ello, que TODO Ayuntamiento, al disponer de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, al ser promotor y/o constructor de obras, y, por ende, ostentando respectivamente la condición de gestor, productor y poseedor de RCDs deberá informar que los residuos de construcción y demolición no peligrosos sean clasificado, en al menos las siguientes fracciones: maderas, fracciones de minerales, metales, vidrio, plástico y yeso
Adjuntos: