• 2017-07-17 11:38:43
    Información General

    EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL
    EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDELLIN
    HACE SABER MEDIANTE EL PRESENTE


    BANDO

    QUE TODOS LOS ADJUDICATARIOS DE PARCELAS EN LA FINCA MUNICIPAL “EL PRADO” QUE TENGAN INTENCIÓN DE PLANTAR BRÓCOLIS DEBERÁN TENER EN CUENTA EL CONTENIDO DEL PLIEGO DE CONDICIONES QUE ESTABLECE RESPECTO DE LOS CULTIVOS DE TEMPORADA LO SIGUIENTE:
    “LOS CULTIVOS DE TEMPORADA SE AJUSTARÁN A LAS SIGUIENTES NORMAS:
    a) Los adjudicatarios de parcelas interesados en acometer cultivos de temporada deberán solicitarlo con carácter previo en el Ayuntamiento.
    b) El cultivo de temporada será autorizado por el Ayuntamiento en todo caso solo en parcelas anuales y se extenderá como máximo hasta el 31 de enero del año siguiente al de la solicitud autorizada. En el caso de que la solicitud para cultivo de temporada sea para parcelas de ocho años, el Ayuntamiento solo podrá autorizarla para permutas anuales.
    c) El precio será de 100 euros/ha.
    d) Aquellos adjudicatarios que acometan sin conocimiento y autorización expresa del Ayuntamiento cultivo de temporada tanto en su parcela (anual) como en otra ajena, además de abonar el importe de la renta serán sancionados con la pérdida del derecho a continuar como arrendatarios sobre la parcela que tengan adjudicada (ocho años) y serán penalizados sin poder concurrir a ningún proceso de adjudicación de parcelas durante los 5 años siguientes a la fecha de realización de la infracción.
    En Medellín a 17 de julio de 2.017

    EL ALCALDE
    Fdo.: Antonio Parral Carmona