• 2020-11-19 10:21:51
    Info General

    AYUDAS DESTINADAS A LAS EMPRESAS, AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES PARA LA ADAPTACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN FRENTE AL COVID-19, EN MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES

    Se considerarán gastos subvencionables aquellos realizados desde el 14 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor del estado de alarma y hasta el 31 de diciembre de 2020, consistentes en la adquisición y, en su caso, instalación de los tipos de equipos o bienes que se relacionan a continuación, todos ellos de carácter inventariable y no fungibles ni desechables, destinados de forma indubitada a la implantación de medidas de prevención y protección contra la transmisión de la epidemia en las Instalaciones o locales de venta o atención al público de los/as beneficiarios/as.

    Serán subvencionables los siguientes:
    * Mamparas transparentes de metacrilato o de vidrio templado destinadas a establecer barreras entre los/as clientes/as o entre éstos/as y los/as trabajadores/as de los locales.
    * Dispositivos y elementos de señalización de los locales, para facilitar el mantenimiento de la distancia entre usuarios/as y para orientar a estos sobre las medidas y
    * precauciones que deben adoptar.
    * Termómetros infrarrojos portátiles para medir la temperatura corporal, sin contacto.
    * Máquinas dispensadoras de ozono.
    * Dosificadores automáticos o de pedal de gel hidroalcohólico o de jabón.
    * Dispensadores de papel toalla.
    * Secadores automáticos de manos.
    * Papeleras o contenedores de pedal, para el material desechable.
    * Obra civil para adaptación del local para mantenimiento de distancia social
    * Otras de igual naturaleza y para el mismo fin.
    Se tratará de adquisiciones en elementos nuevos,

    Importe de la ayuda: 3.500€ excluido el IVA

    MÁS INFORMACIÓN EN TU AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL




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