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Bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo2021-02-08 08:33:12Info General
se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo
en el sector turístico de Extremadura.
Objeto:
1. Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales.
2. Mejora de la Calidad de los Balnearios.
3. Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Inter-
mediación.
4. Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros.
5. Mejora de la Calidad de la Restauración.
6. Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico.
Beneficiarios
Las empresas turísticas relacionadas a continuación, siempre que se encuentren ejerciendo la actividad turística objeto de subvención en la Comunidad Autónoma de Extremadura y hayan presentado declaración responsable decide inicio de actividad ante la
administración turística, con al menos doce meses de antelación a la presentación de la solicitud de subvención.
Los café-bares y otros establecimientos de ocio deberán haber presentado dicha declaración
responsable con al menos ocho años de antelación a la presentación de la solicitud de sub-
vención:
a) Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales:
1. Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.
2. Hoteles rurales.
b) Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de In-
termediación:
1. Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reservas y
organizadores profesionales de congresos.
2. Empresas de actividades turísticas alternativas.
c) Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros:
1. Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario,
hostales y pensiones.
2. Alojamientos turísticos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
d) Mejora de la Calidad de la Restauración:
1. Restaurantes.
2. Cafeterías.
3. Café-bares y otros establecimientos de ocio.
4. Catering.
5. Salones de banquetes.
e) Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: balnearios y las empresas turísticas señaladas en los apartados a), b), c) y d) anteriores.
Requisitos:
El importe mínimo de las actuaciones subvencionables será:
a) Línea de Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales: 3.000 euros, IVA excluido.
b) Línea de Mejora de la Calidad de los Balnearios: 5.000 euros, IVA excluido.
c) Línea de Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y
de Intermediación: 3.000 euros, IVA excluido.
d) Línea de Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros: 5.000 euros, IVA excluido.
e) Línea de Mejora de la Calidad de la Restauración: 5.000 euros, IVA excluido, excepto para otros establecimientos de ocio que será de 7.500 euros, IVA excluido.
f) Línea de Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: 3.000 euros, IVA excluido.
- Actividades subvencionables, consultar DOE, entre algunas son:
a) Reformas y actuaciones necesarias para incrementar la calidad del establecimiento o su categoría.
b) Reformas y actuaciones dirigidas a garantizar la accesibilidad de personas con movilidad reducida, o con cualquier otra limitación física, psíquica o sensorial.
c) Mejora efectiva y renovación de las instalaciones y maquinarias de higiene alimentaria
y de elementos higiénico-sanitarios.
d) Implantación o adaptación de instalaciones de energías renovables, sistemas de ahorro energético y de agua, sistemas de depuración o reciclado de residuos, sistemas de reducción de la contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad, sistemas
contraincendios y mejora medioambiental del establecimiento.
e) Implantación de todas las medidas de higienización, desinfección y de seguridad turística del alojamiento rural conforme a los requisitos del Ministerio de Sanidad y de las guías de la Secretaría de Estado de Turismo establecidas con motivo de la COVID-19
f) Reformas y actuaciones dirigidas a disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para acceder a los parámetros y estándares exigidos para la obtención de la marca Q de Calidad Turística Española, ISO 9001, ISO 14001 o cualquier otro sistema de calidad expresamente reconocido por la Comunidad Autónoma de Extremadura, certificado mediante normas UNE o reconocido por la Unión Europea.
g) Obtención de la marca Q de Calidad Turística Española.
h) Mantenimiento de los distintivos y marcas de calidad especificados en el apartado f)
anterior.
Adjuntos: