• 2023-10-02 11:17:17
    Info General

    LA LEY DETERMINA QUE UNA OBRA CLANDESTINA ES TODA AQUELLA ACTUACIÓN URBANÍSTICA QUE SE REALIZA SIN PERMISO DEL AYUNTAMIENTO.

    En la práctica, casi todas las obras que se realizan en las diversas propiedades (solares, viviendas, garajes...) están sujetas a la obtención de licencia de obra que tiene que dar el Ayuntamiento. Es decir, NECESITA PERMISO DEL AYUNTAMIENTO para realizar obras.

    Por este motivo:
    Si está pensando en realizar obras en su vivienda o en cualquier otra propiedad -del tipo que sean- -tanto en el interior como en el exterior del edificio- RECUERDE QUE NECESITA PERMISO DEL AYUNTAMIENTO, y que ANTES DE INICIAR LA OBRA, deberá solicitar este permiso al Ayuntamiento.

    ¿QUÉ PASA SI REALIZO OBRAS Y NO TENGO PERMISO DEL AYUNTAMIENTO?
    Si el Ayuntamiento tiene constancia por cualquier medio de que ha realizado obras sin permiso (bien por haber recibido una denuncia o por haber sido apreciada por los servicios municipales), tiene la obligación de intervenir por ser cumplimiento inexcusable de sus competencias, y con la finalidad de legalizar la obra clandestina realizada.
    Para ello, procederá de la siguiente manera:
    1.- Los arquitectos del Ayuntamiento visitarán las obras realizadas para determinar si estas son legalizables o no.
    2.- Si la obra fuera legalizable, deberá presentar en el Ayuntamiento la documentación que le fuera requerida para iniciar expediente de legalización, que lleva asociado un expediente sancionador.
    Es decir,  que pagará:
    Tasa de obra menor: 18,03 euros
    o Tasa de obra mayor: 50,00 euros (según el tipo de obra)
    Impuesto de construcciones: 3% del PEM (presupuesto de ejecución material) realizado, en todo tipo de obra.
    y la MULTA que legalmente se establezca.
    3.- Si la obra no fuera legalizable por ningún concepto, se decretará la restitución urbanística, que no es otra cosa que la demolición de las actuaciones realizadas.

    Motivos más que suficientes para PEDIR PERMISO ANTES DE REALIZAR OBRAS.

    ¿Y qué pasa con la nueva ley, que dice que no hace falta licencia para algunas obras? 
    Pues sencillamente que esto no es cierto.
    Se le puede llamar Solicitud de Licencia de obras, declaración responsable, instancia previa, declaración previa...o como se le quiera llamar; pero lo cierto ,a efectos prácticos, es que cualquier obra que realice ha de ser comunicada al Ayuntamiento, y contar con el permiso que corresponda para realizarla.
    En caso contrario, se trata de una obra clandestina, en la que el Ayuntamiento tiene la obligación de intervenir, como se explica en esta comunicación.

    Ante cualquier duda, nunca duden en ponerse en contacto con el Ayuntamiento, por cualquiera de los canales oficiales previstos.