• 2024-03-07 14:03:43
    Info General

    PARA EVITAR PARAR OBRAS Y SANCIONES. 


    GUÍA PRÁCTICA, BÁSICA, PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS EN CUALQUIER PROPIEDAD: CASA, CERCA, TERRENO RÚSTICO, ETC.

     El 99% de las obras que se realizan están sujetas a PERMISO MUNICIPAL por ley. Podrá ser concesión de licencia de obra con solicitud, declaración responsable, comunicación previa… o lo que proceda, pero con permiso.

     Por ejemplo, una obra menor de escasa complejidad urbanística, como cambiar ventanas, cambiar suelos, cambiar bañera por ducha, etc. está sujeta a licencia.

     Por supuesto, una obra mayor, como es la construcción de una piscina –dan igual dimensiones y si es o no prefabricada- está sujeta a licencia.

     En definitiva, el 99% de las obras que se hacen lo están.

     POR ESTE MOTIVO:

     Antes de realizar cualquier tipo de actuación, si tiene dudas, debe consultar con el Ayuntamiento, donde le indicaremos exactamente los pasos a seguir y la documentación a presentar.

     Esto evitará tener que completar expedientes posteriormente, sufrir paralizaciones en las construcciones, o incurrir en las SANCIONES que especifica la ley por la realización de OBRAS CLANDESTINAS (Obras hechas sin licencia).

     Por otra parte, no comunicar exactamente la totalidad de las obras que va a realizar, puede dar lugar a posteriores complicaciones para el propio interesado, como las que derivan en escrituras públicas.

    EN TODO CASO:

     1.- La solicitud de Licencia de obras se formaliza en el Ayuntamiento con SUFICIENTE ANTELACIÓN antes de comenzar las obras.

    Cualquier expediente de licencia de obras es complejo porque en él intervienen servicios de la Administración Pública externos al propio Ayuntamiento, por lo que estas SOLICITUDES se realizarán con suficiente antelación.

    2.- La presentación de la Solicitud de Licencia de Obras no otorga ningún derecho para poder comenzar las obras, sino que se deberá estar en posesión de la correspondiente LICENCIA para poder realizarlas.

     3.- En todos los casos, nunca se podrán iniciar obras de ningún tipo sin que estas figuren debidamente en los registros de este  Ayuntamiento.