• 2018-10-18 11:51:13
    INFO GENERAL

    Recientemente, el Tribunal Supremo ha establecido que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En la declaración de la renta estos ingresos eran incluidos, por tanto, incorrectamente como rendimientos del trabajo. A raíz de la sentencia del Supremo ha declarado estas rentas exentas de tributación, por lo que procede que los interesad@s puedan presentar una modificación de la declaración presentada.
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