• 2023-07-25 11:00:10
    Info General


    ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TENENCIA DE PERROS, GATOS Y OTROS ANIMALES DE COMPAÑÍA

    SEGÚN EL ARTÍCULO 13, LOS PERROS DEBEN IR OBLIGATORIAMENTE SUJETOS POR CORREA O CADENA Y BOZAL SEGÚN LOS CASOS.

    SEGÚN EL ARTÍCULO 23, ESTÁ CATEGÓRICAMENTE PROHIBIDO QUE LOS ANIMALES HAGAN SUS DEPOSICIONES EN LA VÍA PÚBLICA Y QUEDAN PROHIBIDAS LAS DEYECCIONES EN FACHADAS DE VIVIENDAS Y VEHÍCULOS. EN CUALQUIER CASO, EL CONDUCTOR DEL ANIMAL ESTÁ OBLIGADO A RECOGER LOS EXCREMENTOS Y LIMPIAR LA ZONA  AFECTADA.

    SEGÚN EL ARTÍCULO 24, L OS INFRACTORES SERÁN SANCIONADOS.

    SE ADJUNTA TEXTO ÍNTEGRO DE LA ORDENANZA PUBLICADA EN EL BOP Nº 18 DE 28 DE ENERO DE 2014

     


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