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ORDENANZA SOBRE TENENCIA ANIMALES DE COMPAÑÍA2023-07-25 11:00:10Info General
ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE TENENCIA DE PERROS, GATOS Y OTROS ANIMALES DE COMPAÑÍA
SEGÚN EL ARTÍCULO 13, LOS PERROS DEBEN IR OBLIGATORIAMENTE SUJETOS POR CORREA O CADENA Y BOZAL SEGÚN LOS CASOS.
SEGÚN EL ARTÍCULO 23, ESTÁ CATEGÓRICAMENTE PROHIBIDO QUE LOS ANIMALES HAGAN SUS DEPOSICIONES EN LA VÍA PÚBLICA Y QUEDAN PROHIBIDAS LAS DEYECCIONES EN FACHADAS DE VIVIENDAS Y VEHÍCULOS. EN CUALQUIER CASO, EL CONDUCTOR DEL ANIMAL ESTÁ OBLIGADO A RECOGER LOS EXCREMENTOS Y LIMPIAR LA ZONA AFECTADA.
SEGÚN EL ARTÍCULO 24, L OS INFRACTORES SERÁN SANCIONADOS.
SE ADJUNTA TEXTO ÍNTEGRO DE LA ORDENANZA PUBLICADA EN EL BOP Nº 18 DE 28 DE ENERO DE 2014
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