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DECLARACIÓN DE SITUACIÓN DE ALARMA EL 30 Y 31 DE JULIO Y ALERTA EL 1 DE AGOSTO POR RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENCIOS FORESTAL2020-07-30 11:57:30Cultura
Las medidas extraordinarias a adoptar durante los días 30 y 31 son las siguientes:
- El módulo de parada de las cuadrillas de tratamientos selvícolas preventivos se incrementará a nivel D en todas las cuadrillas.
- Prohibición del uso de barbacoas autorizadas.
- Prohibición del uso de ahumadores en la actividad apícola.
- Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
- Suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes y artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
- Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m de terreno rústico que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
- Prohibición del uso de maquinaria en el monte, cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas.
Adjuntos: