• 2020-03-15 11:44:15
    Info General

    Se limita la circulación de los ciudadanos reduciéndose a los siguientes supuestos:
    - Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    - Asistencia a centros sanitarios.
    - Desplazamientos para trabajar y entidades financieras.
    - Retorno a la residencia habitual.
    - Cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
    - Las salidas deberán hacerse individualmente, salvo en situaciones de dependencia.
    - Por causas de fuerza mayor.
    Está prohibida de forma expresa cualquier salida por motivos de ocio.




    Adjuntos: