• 2020-12-21 10:32:56
    Navidad

    ACUERDO 101/2020, de 17 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas y recomendaciones específicas durante las fiestas navideñas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.
    A través del presente acuerdo, se establece un catálogo de medidas preventivas a aplicar durante el período navideño, que contemplarán limitaciones para evitar aglomeraciones en espacios públicos y en concreto en relación con el festejo de las doce campanadas, la celebración de espectáculos y actividades, las cabalgatas de reyes, las exposiciones de belenes y belenes vivientes, los mercados al aire libre, así como en los alojamientos de turismo rural o viviendas de uso turístico.

    –Medidas específicas preventivas a aplicar durante el período navideño

    1. Los ayuntamientos adoptarán medidas de control del aforo en aquellas vías o espacios públicos que se prevea que puedan tener una alta densidad de afluencia de personas estableciéndose itinerarios para dirigir la circulación de las personas y así poder mantener la distancia de seguridad interpersonal.
    2. No se podrán organizar actos con motivo de festejar las doce campanadas de fin de año en plazas o vías públicas.
    3. Se recomienda no celebrar eventos como cabalgatas de reyes y conciertos navideños, y en general cualquier acto que contribuya a una elevada afluencia con riesgo de aglomeración de personas en la vía pública, siendo preferible su sustitución por actos retransmitidos a distancia o virtuales, en caso de celebrarse, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
    a) Sólo podrá hacerse en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deberán realizarse de forma estática.
    b) El público asistente deberá permanecer sentado y no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla de todo el público asistente.
    4. Para los días 24 y 31 de diciembre se mantiene, como horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, las 22:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 21:00 horas.
    5. Se flexibilizan las visitas de familiares a los centros residenciales de personas mayores y de persona con discapacidad, ampliando éstas hasta 2 familiares por residente y día, con una duración máxima de dos horas.
    6. Se suspende las actividades y eventos deportivos, como la carrera de San Silvestre, con elevada afluencia de público o que puedan provocar aglomeraciones.

    El presente acuerdo producirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, hasta las 23:59 horas del día 6 de enero de 2021.




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