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Bando encierro San Isidro 20242024-05-06 17:25:00Info General
BANDO 1:
D. Francisco García Avilés, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Puente de Génave (Jaén):
HACE SABER:
En el encierro que se celebrará el día 11 de mayo de 2024:
1.- Queda terminantemente prohibido acercarse con el vehículo o a pie a menos de 50 metros de las reses por el encierro.
2.- Dado el incumplimiento de forma reiterada, este Ayuntamiento comunicará de inmediato a la Guardia Civil las matrículas o el nombre de las personas infractoras, a fin de que impongan la sanción correspondiente.
3.- El personal autorizado expulsará a quien infrinja esta norma.
BANDO 2:
D. Francisco García Avilés, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Puente de Génave (Jaén):
HACE SABER:
Que tradicionalmente y desde tiempo inmemorial se celebraban en las fiestas de San Isidro encierros, por lo que para los días 11 y 12 de mayo de 2024 esta Corporación ha establecido un Plan de encierro, con voluntarios y colaboradores Taurinos que velarán por el normal desarrollo de los festejos taurinos.
Por esta Alcaldía se quiere recordar una serie de normas para tener en cuenta al participar en los Festejos Taurinos:
- La edad mínima para participar en el Festejo popular será de 16 años.
- En ningún caso podrán participar las personas en las que concurran alguna de las siguientes circunstancias:- Aquellas que presente síntomas evidentes de intoxicación alcohólica o de cualquier sustancia estupefaciente.
- Aquellas que padezcan cualquier discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Aquellas que porten armas o cualquier otro instrumento susceptible de causar maltrato a las reses de lidia o a los participantes.
Se establecerá un perímetro de seguridad durante el recorrido del encierro hasta el casco urbano de 50 metros con el objetivo de evitar que vehículos y personas no autorizadas o quads, puedan asustar a las reses o interferir en el normal desarrollo del encierro.
Todas aquellas personas que incumplan las citadas directrices anteriores serán denunciadas ante la autoridad competente, comunicando a la Guardia Civil las matrículas o el nombre de la persona/s infractoras, a fin de que impongan la sanción correspondiente.
De igual manera quedan prohibidas todas aquellas actuaciones que impliquen maltrato, el sufrimiento injustificado de los animales. Dichas actuaciones además de las correspondientes sanciones, podrán acarrear la expulsión inmediata.
Adjuntos: