• 2020-03-15 11:53:43
    Cultura

    Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.‼️

    ➡️ Limitación a la libertad de circulación:

    Durante la vigencia de estado de alarma los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades.
    -Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    -Asistencia a Centros Sanitarios
    - Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral.
    -Retorno al lugar de residencia habitual.
    -Asistencia y cuidado a mayores,menores,dependientes y personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
    -Desplazamiento a Entidades Financieras.
    -Por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
    Deben de permanecer en casa si no es en cualquiera de las situaciones anteriores. Entre todos conseguiremos hacer frente al COVID-19.

    En caso de síntomas ponerse en contacto con el número habilitado por la CAM: 900102112





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