• 2024-06-06 12:55:42
    Info General


    Es preocupación de este Ayuntamiento que propietarios de inmuebles y solares de los núcleos urbanos de nuestro municipio los mantengan en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad, todo ello de conformidad con lo establecido en el Art. 19 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y cuya importancia ha recalcado el Procurador del Común de Castilla y León en Expte. 796/2024, a fin de evitar plagas.

     

    Por todo esto, a fin de evitar el peligro de incendio y no ocasionar molestias a los edificios colindantes y a la vía pública, en virtud de las atribuciones que me confiere el Art. 21.1.e) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, DISPONGO:

     

    PRIMERO: Requerir a los propietarios de solares de los cascos urbanos para que, en el plazo máximo de cuatro semanas, a partir de la fecha de este bando, procedan a su limpieza y a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

     

    SEGUNDO: Informar que, en caso de incumplimiento, se actuaría por el Ayuntamiento a través de multas coercitivas, hasta lograr la ejecución por el obligado, y sin perjuicio de la ejecución subsidiaria, con imposición de gastos a cargo de los titulares de los solares y sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador, si procediera.

     

    Lo que se hace público para general conocimiento.

             

    En la Villa de Riaza, a 6 de junio de 2024.

     

    El Alcalde. - Benjamín Cerezo Hernández


    Adjuntos: