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SE DECLARA SITUACIÓN DE ALERTA POR RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIOS FORESTALES PARA LOS DÍAS 18, 19 y 20 DE JULIO.2024-07-18 08:41:08Medio ambiente
La Agencia Estatal de Meteorología AEMET ha emitido un aviso especial de fenómenos meteorológicos adversos por ola de calor para los días 18, 19 y 20 de julio.
Hay también previsión de vientos de elevada intensidad para los días 18, 19 y 20 de julio con rachas destacables, que pueden
alcanzar los 40 km/h los días 19 y 20 de julio.
Se resuelve:
Declarar situación de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León los días 18, 19 y 20 de julio del presente año.
Las medidas preventivas extraordinarias a aplicar en esta situación
durante el referido periodo son:
- Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
- Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
- Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
- Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
- Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio. Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para
abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.
Adjuntos: