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INFORMACIÓN DE INTERÉS.2023-05-31 18:42:12Transparencia
https://static.xx.fbcdn.net/images/emoji.php/v9/t33/1/16/2705.png" height="16">Recibos domiciliados de Impuesto sobre bienes inmuebles de Naturaleza Urbana (1º plazo) correspondiente al ejercicio 2023.
Conforme la información recabada mediante Tarea nº T/2023/2088 de fecha 31/05/2023 del Departamento Gestor Recaudación Voluntaria, resulta que, los recibos domiciliados presentados al cobro, consecuencia de errores informáticos producidos en la migración informática llevada a cabo con motivo de la adquisición de un nuevo software de recaudación y gestión tributaria, erróneamente no ha sido aplicada la reducción del 3 % por domiciliación para los recibos cuya opción de pago resulta ser la de domiciliación bancaria.
Por consiguiente y dado que ha quedado constatado que se ha cobrado a los contribuyentes una cantidad indebida en exceso equivalente al 3 % del importe de los 4459 recibos presentados al cobro, y a los efectos de evitar la tramitación masiva de 4459 expedientes de devolución de ingresos indebidos, es por lo que, considerando que dicho impuesto se abona en dos plazos a lo largo del periodo impositivo, es por lo que se propone como medio de regularización de tal situación (exclusivamente para los recibos cuyo resultado de cobranza resulte ser el de “cobro por domiciliación”), su aplicación en los recibos de IBI urbana 2º plazo 2023, cuyo periodo voluntario resulta ser del 1 de Octubre al 30 de Noviembre de 2023, siendo la fecha del cargo en cuenta de los recibos domiciliados el 30 de Octubre, de manera que, los recibos de este segundo plazo incluyan la reducción por domiciliación del 3 % que le corresponde mas la reducción del 3 % no aplicada en los recibos del 1º plazo, ascendiendo a un total de un 6 % de
reducción.
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