• 2024-08-08 15:08:47
    Medio Ambiente


    La Junta declara alerta de riesgo de incendios forestales por causas meteorológicas los días 9, 10 y 11 de agosto en toda la Comunidad


    Prohibiciones y precaución de la población y trabajos en el medio natural

    La Resolución prohíbe:
    • Encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
    • El uso de barbacoas situadas en espacios abiertos del monte o en la franja de 400 metros del terreno que los circunde.
    • El uso de maquinaria que, en su funcionamiento habitual, despida chispas o descargas eléctricas como sopletes, soldadores y radiales, tanto en el monte como en una franja de 400 metros del terreno que lo circunde,
    • Suspende las autorizaciones de uso del fuego y de fuegos artificiales, cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.

    En cuanto a la utilización de maquinaria agrícola como cosechadoras o empacadoras, no se aplicará ninguna medida complementaria a las que ya establece la orden para toda la época de peligro alto (EPA), que comprende del 12 de junio al 12 de octubre. Se debe suspender la actividad cuando la temperatura sea superior a 30 grados y la velocidad del viento supere los 30 kilómetros por hora. No obstante, se recomienda posponer las labores no urgentes y mantener la máxima precaución. En todo caso, es necesario tener a mano los medios de extinción y el personal suficientes para controlar los posibles incendios que se puedan originar como consecuencia de la labor.

    Se solicita a la población que extreme su prudencia y adopte medidas de precaución en sus actividades al aire libre. Cualquier mínima imprudencia puede dar lugar a una situación de riesgo de gran incendio forestal.