-
Campaña de matanzas domiciliarias 2016- 20172016-10-24 10:54:19Info General
La Orden de 25 de septiembre de 2000, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicada en el B.O.C. y L. n° 192 de fecha 3 de octubre de 2000, en su artículo segundo, establece el período comprendido entre el último viernes del mes de octubre y el primer domingo del mes de abril del año siguiente para el sacrificio de cerdos, en domicilios particulares, para consumo familiar.
Dicha Orden establece, también, el sistema de identificación empleado en el control sanitario en origen de los animales silvestres que abatidos en actividades cinegéticas se comercialicen para consumo humano.
El control sanitario de los animales de la especie porcina y el desarrollo de las tareas de identificación de las piezas de caza será realizado por los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública y por los Veterinarios Colaboradores. Para conocer qué veterinarios colaboradores están autorizados para trabajar en su municipio podrán ponerse en contacto con los Veterinarios Oficiales de su Zona Básica de Salud o llamando al Servicio Territorial de Sanidad,
Tf: 983 413 760 extensión 883739.
Por último recordar que existen riesgos para la salud que pueden derivarse del consumo de carne y productos cárnicos no sometidos a control.