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SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS EN EL MEDIO RURAL2019-02-07 10:36:27Info General
Objeto:
Línea A: Financiar obras de rehabilitación en viviendas del medio rural, que actualmente constituyan la vivienda habitual del solicitante.
Línea B: Financiar obras de rehabilitación en viviendas del medio rural, que constituyan la segunda vivienda del solicitante (vivienda vacacional).
Las obras deberán realizarse y facturarse entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, y podrán consistir en:
a)-Restauración/consolidación/reposición de elementos estructurales y/o constructivos de la edificación (cimentación, forjados, cerramientos -fachadas y medianeras-, carpinterías exteriores -ventanas y puerta de entrada a vivienda-, cubiertas) para garantizar su seguridad, estabilidad, estanqueidad y funcionalidad
b)-Instalación/sustitución sistemas de calefacción
c)-Adaptación viviendas a necesidades de mayores de 65 años, discapacitados o dependientes, de la unidad familiar del solicitante:
1.Supresión de barreras arquitectónicas para crear itinerarios practicables: rampas, ensanche de puertas, supresión de barreras, colocación de pasamanos, elevadores de escaleras
2.Reforma de baños para crear espacios accesibles y seguros: instalación de platos de ducha, apoyos y asideros Se excluyen expresamente actuaciones que consistan en: restauración/consolidación/ reposición de cerramientos medianeros de patios o espacios libres, cubiertas de espacios no habitables (paneras, almacenes, garajes, trasteros), revestimientos superficiales (barnizados, chapados, alicatados, pinturas, u otras aplicaciones que transformen la imagen o estética del paramento, aunque vayan ligadas a tratamiento de humedades o aislamientos térmicos), labores estéticas o de acabado, elementos decorativos u ornamentales, obras de nueva construcción o rehabilitación integral, nuevos cerramientos, ampliación de superficie construida sobre y bajo rasante, cubrición y cierre de terrazas, y rehabilitación de patios interiores.
Adjuntos: