• 2019-02-07 10:36:27
    Info General

    Objeto:
    Línea A: Financiar obras de rehabilitación en viviendas del medio rural, que actualmente constituyan la vivienda habitual del solicitante.
    Línea B: Financiar obras de rehabilitación en viviendas del medio rural, que constituyan la segunda vivienda del solicitante (vivienda vacacional).
    Las obras deberán realizarse y facturarse entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, y podrán consistir en:
    a)-Restauración/consolidación/reposición de elementos estructurales y/o constructivos de la edificación (cimentación, forjados, cerramientos -fachadas y medianeras-, carpinterías exteriores -ventanas y puerta de entrada a vivienda-, cubiertas) para garantizar su seguridad, estabilidad, estanqueidad y funcionalidad
    b)-Instalación/sustitución sistemas de calefacción
    c)-Adaptación viviendas a necesidades de mayores de 65 años, discapacitados o dependientes, de la unidad familiar del solicitante:
    1.Supresión de barreras arquitectónicas para crear itinerarios practicables: rampas, ensanche de puertas, supresión de barreras, colocación de pasamanos, elevadores de escaleras
    2.Reforma de baños para crear espacios accesibles y seguros: instalación de platos de ducha, apoyos y asideros Se excluyen expresamente actuaciones que consistan en: restauración/consolidación/ reposición de cerramientos medianeros de patios o espacios libres, cubiertas de espacios no habitables (paneras, almacenes, garajes, trasteros), revestimientos superficiales (barnizados, chapados, alicatados, pinturas, u otras aplicaciones que transformen la imagen o estética del paramento, aunque vayan ligadas a tratamiento de humedades o aislamientos térmicos), labores estéticas o de acabado, elementos decorativos u ornamentales, obras de nueva construcción o rehabilitación integral, nuevos cerramientos, ampliación de superficie construida sobre y bajo rasante, cubrición y cierre de terrazas, y rehabilitación de patios interiores.






    Adjuntos: