• 2020-04-06 15:22:44
    Info General

    Por Resolución de la Alcaldía de 6 de abril de 2020 se han tomado las siguientes:

    MEDIDAS EXTRAORDINARIAS A CONSECUENCIA DEL COVID-19 DE CARACTER TRIBUTARIO:

    Por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma en todo el territorio nacional, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En su disposición adicional tercera, estableció la suspensión de quince días, de los plazos administrativos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.

    La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplica a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esto llevó a las entidades locales a entender comprendidos dentro de dicha regulación a los procedimientos tributarios de sus respectivas Haciendas.

    Sin embargo, el Real Decreto 465/2020, de 18 de marzo, que ha venido a modificar el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha dejado constancia de la explícita exclusión de dicha regulación de los procedimientos tributarios por tratarse de normativa especial.
    Ha de indicarse que mediante Decreto 7/2020 de fecha 26 de enero de 2020 se aprobaron los padrones cobratorios de la Tasa por el abastecimiento de agua a domicilio, recogida de basuras y servicio de alcantarillado correspondientes al 2º semestre del año 2019 y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de 2020.

    En el citado Decreto se estableció como periodo de recaudación voluntario el comprendido desde el día 01/03/2020 al 30/04/2020, siendo éste el plazo límite de pago en periodo voluntario.
    Tal y como indica la normativa tributaria de aplicación, dichos periodos de recaudación fueron publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid con el número 28 de fecha 6 de febrero de 2020 y mediante Bando del Sr. Alcalde de 5 de marzo de 2020.
    A la vista de lo anterior y consciente de la paralización de la vida económica, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo.

    Visto cuanto antecede y en base a las facultades que la legislación me confiere al efecto,

    RESUELVO

    PRIMERO: Ampliar el periodo voluntario de pago para los padrones cobratorios de la Tasa por el abastecimiento de agua a domicilio, recogida de basuras y servicio de alcantarillado correspondientes al 2º semestre del año 2019 y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de 2020 hasta el día 15 de julio de 2020.

    SEGUNDO: Esta medida que afecta al calendario de recaudación de tributos de este Ayuntamiento para 2020 es consecuencia del estado de alarma.

    TERCERO: Exponer al público en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, así como en el Tablón de Anuncios para general conocimiento.

    CUARTO: Dar cuenta de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2586/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales.

    Por lo que se publica, a los efectos señalados en la resolución.



    Adjuntos: