• 2021-05-14 14:33:00
    Info General

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    OVIDIO GONZALEZ GONZALEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DE LOS LLANOS,

     

    Considerando  la    actual  situación  de    ALERTA SANITARIA   en  la  que  nos encontramos debida a la PANDEMIA DEL  COVID-19 , así como ante un peligro de rebrote de los contagios de dicho virus.

     

     

                Considerando que la práctica de la actividad conocida popularmente como “BOTELLON”, constituye en estos momentos una actividad que pone en riesgo real la integridad física de las personas. Riesgo que se  ve aumentado considerablemente por la concurrencia y concentración en un mismo lugar de más de 10 personas a lo que se  suma en muchos casos la desatención en el mantenimiento de las distancias de seguridad y el uso obligatorio de mascarilla.

     

     

                    Considerando que no solamente está en riesgo la salud de las personas que en este momento  llevan a cabo dicha práctica sino que además la  misma constituye un riesgo para la  Salud Pública  General en tanto en cuanto puede ser una fuente de contagio de la enfermedad,

     

                                Considerando lo dispuestos en los artículos 37 y 39 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo de Protección de la Seguridad Ciudadana que considera como sanción leve “el consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana”, determinado gradualmente las cuantías de las sanciones como muy graves con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves con multas de 601 a 30.000 euros , y las leves con multa de 100 a 600 euros.

     

                                De esta manera y con el único objetivo de frenar la cadena de contagios por COVID-19, esta Alcaldía

     

                                             HACE SABER

     

                       PRIMERO.- La prohibición TOTAL de consumo de bebidas alcohólicas en los espacios o lugares públicos del término municipal de SANTA MARIA DE LOS LLANOS, así como la práctica del popularmente conocido como “BOTELLON”, excepto en aquellos lugares  o espacios públicos para los que sea concedida autorización expresa.

     

                             SEGUNDO.- La prohibición y venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos comerciales que incluya en su oferta de venta bebidas alcohólicas, desde las 22:00 horas las 7:00 horas del día siguiente

     

                             TERCERO Comunicar la presente resolución al Comandante de Puesto de la Guardia Civil de Mota del Cuervo con objeto de la vigilancia, cumplimiento y denuncia

     

    El Alcalde,

     

     

    Fdo Ovidio González González