• 2024-03-25 12:04:04
    Medio Ambiente

    Se recuerda a todos los vecinos propietarios de solares la obligatoriedad de cumplir con la Ordenanza Reguladora de la limpieza de solares y terrenos, cuyo artículo 5 señala:


    “ARTÍCULO 5- Obligación de limpieza


    Sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el que arroja las basuras o residuos a los solares o terrenos, el propietario de los mismos está obligado a efectuar su limpieza. Los solares deberán estar permanentemente limpios, desprovistos de cualquier tipo de residuos de vegetación espontanea, sin ningún resto orgánico o mineral que pueda alimentar o albergar animales o plantas portadoras o transmisoras de enfermedades, o producir malos olores. Asimismo, se protegerán los pozos o desniveles que puedan existir, que puedan ser causas de accidentes“.


    Y conforme a informe del SERVICIO VETERINARIO del Centro de Salud , se indica que: “no está permitida según normativa vigente la tenencia de animales de renta dentro del casco urbano”


    Adjuntos: