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Huertos y animales2020-04-17 12:04:03Info General
Regulación del acceso a explotaciones agrarias no profesionales, huertos de autoconsumo y medidas para «el mínimo mantenimiento y cuidado de las parcelas o la prevención de incendios forestales».
Los desplazamientos únicamente podrán realizarse para llevar alimentos y cuidar a los animales «de naturaleza imprescindible por cuestiones de bienestar animal y salubridad pública».
También se permite para la recogida de productos de procedencia animal o vegetal destinados a consumo o apoyo de la economía familiar.
También para la realización de labores de cultivo y mantenimiento de parcelas e instalaciones asociadas y reparación de averías. Las personas que se desplacen deberán llevar documentación personal que acredite su identidad y que son dueños de esos huertos.