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Apertura de la pista de padel2020-05-11 08:50:07Info General
Estimados vecinos,
Como bien indica el BOE, núm. 130 del 9 de mayo de 2020, que recoge los detalles sobre la fase 1 en la desescalada del estado de alarma; desde el Ayuntamiento de Tierz y siguiendo las indicaciones recogidas en el artículo 41. Apertura de instalaciones deportivas al aire libre, hemos optado por la reapertura de la pista de padel con las siguientes medidas de reapertura indicadas en este mismo documento.
MEDIDAS DE REAPERTURA
1. Limpieza y desinfección de la instalación por parte del personal laboral de mantenimiento del ayuntamiento.
2. La instalación deportiva únicamente podrá ser utilizada por un máximo de 2 personas independientemente de que sean miembros de la misma familia o pertenezcan al mismo hogar. Siempre sin contacto físico manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia social de seguridad de dos metros
3. Antes y después de utilizar la instalación se desinfectarán las manos con gel hidroalcohólico que encontrarán en la entrada a la pista.
4. Asimismo, a la finalización de cada turno, los asistentes procederán a la limpieza de las zonas comunes que hallan sido manipuladas y, en cada turno, se deberá limpiar y desinfectar el material compartido después de cada uso. Para lo cual pedimos responsabilidad social y ciudadana.
5. El horario será de 9:00 a 21:00 horas, pudiendo ser modificado este horario por parte del Ayuntamiento. Entre salida y entrada de los usuarios se dejará un rango de entre 15-30 minutos.
6. La actividad deportiva requerirá de CITA PREVIA. Para ello, se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. Para la cita previa se mandará un email al siguiente correo electrónico indicando nombre completo de la/s personas asistentes a la instalación y el horario deseado; al cual se responderá con confirmación en el caso de que sea posible.
7. No podrán acceder a las inmediaciones ni a las instalaciones aquellas personas que no tengan confirmación de reserva en la cita previa.
8. En el caso de que se perciba que cualquier persona no esta cumpliendo con las medidas de precaución social se tomarán medidas como el cierre de las instalaciones hasta nueva orden.
9. El acceso a la pista de padel será gratuito dada la situación en la que nos encontramos, las reservas serán de un máximo de una hora diaria.
CITA PREVIA al correo: reservapadeltierz@gmail.com
Ejemplo:
NOMBRE 1º APELLIDO 2º APELLIDO Y NOMBRE 1º APELLIDO 2º APELLIDO,
Solicitan el uso de la instalación deportiva de la pista de padel para el día XX, a la hora XX.
**En el caso de no recibir confirmación para el uso de la instalación no se podrá acceder a ella. Por ello, y para una mejor gestión se pide la solicitud de la misma, con al menos, 24 horas para poder gestionarlo adecuadamente.
Un saludo a todos,
Tierz, 10 de mayo de 2020.
Información complementaria,
Artículo 41. Apertura de instalaciones deportivas al aire libre.
1. Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas al aire libre para la realización de actividades deportivas con las limitaciones que recoge este artículo.
2. Podrá acceder a las mismas cualquier ciudadano que desee realizar una práctica deportiva, incluidos los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo.
3. A los efectos de esta orden se considera instalación deportiva al aire libre, toda aquella instalación deportiva descubierta, con independencia de que se encuentre ubicada en un recinto cerrado o abierto, que carezca de techo y paredes simultáneamente, y que permita la práctica de una modalidad deportiva. Quedan excluidas de lo dispuesto en este artículo las piscinas y las zonas de agua.
4. Antes de la reapertura de la instalación se llevará a cabo su limpieza y desinfección.
5. La actividad deportiva requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.
6. En las instalaciones deportivas al aire libre, se podrá permitir la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidades así practicadas, siempre sin contacto físico manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia social de seguridad de dos metros. Asimismo, se respetará el límite del treinta por ciento de capacidad de aforo de uso deportivo en cada instalación, tanto en lo relativo al acceso, como durante la propia práctica, habilitándose un sistema de acceso que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitaria.
7. Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador en el caso de que resulte necesario, circunstancia que deberá acreditarse debidamente, con excepción de las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante.
8. Se procederá a la limpieza y desinfección de las instalaciones de acuerdo con lo señalado en el artículo 6. Asimismo, a la finalización de cada turno se procederá a la limpieza de las zonas comunes y, en cada turno, se deberá limpiar y desinfectar el material compartido después de cada uso. Al finalizar la jornada se procederá a la limpieza de la instalación, reduciéndose la permanencia del personal al número mínimo suficiente para la prestación adecuada del servicio.
9. En todo caso, los titulares de la instalación deberán cumplir con las normas básicas de protección sanitaria del Ministerio de Sanidad. Si en la instalación deportiva se realizan otras actividades, o se prestan otros servicios adicionales no deportivos, deberán cumplir con la normativa específica que en cada caso corresponda.