• 2016-07-19 07:55:02
    OMIC

    LA OFICINA DE CONSUMO, INFORMA:

    CAMPAÑA DE HOJAS DE RECLAMACIONES

    Según el Decreto 72/1997, de 24 junio, por el cual se regula las HOJAS DE RECLAMACIONES de consumidores y usuarios, establece que:

    - Todos los establecimientos y comercios, tendrán a disposición de los consumidores y usuarios, hojas de reclamaciones, debidamente SELLADAS Y NUMERADAS, por los Servicios Provinciales de Consumo.

    - Los establecimientos y comercios, deberán exhibir de forma VISIBLE Y LEGIBLE, el CARTEL ANUNCIADOR.

    - El consumidor y usuario, podrá solicitar las hojas de reclamaciones cuando exista causa suficiente y el vendedor, tendrá que facilitárselas en ese momento.

    La oficina de consumo de Tobarra, tendrá a disposición de los vendedores y comerciantes de la localidad y pedanías, hojas de reclamaciones y cartel anunciador. Para ello, se rellenará una solicitud, con los datos identificativos del comercio, razón social, tipo de venta y producto.

    Pueden recoger las hojas y cartel anunciador, los LUNES y VIERNES, de 10 a 13 horas.