-
NOTA INFORMATIVA: PASO DE NIVEL 4 A NIVEL 3 DE ALERTA2021-05-21 09:57:46Avisos/Información General
El BOCYL del 21 de mayo publica los Acuerdos 51 y 52/2021, por los que se decreta el paso del nivel 4 al nivel 3 de alerta, actualizándose las siguientes restricciones que estarán en vigor desde hoy viernes, 21 de mayo, y mientras subsista la declaración del nivel de alerta 3.
1. Hostelería y restauración: se establece como horario de cierre la 01:00 horas para las terrazas y las 24:00 horas para el interior de los establecimientos, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas y de las 23:00 horas, respectivamente.
2. Alojamientos turísticos: en los alojamientos turísticos no hoteleros, como son las casas rurales y las viviendas de uso turístico, el número de personas alojadas será de un máximo de 10 personas pudiendo estar integradas por un máximo de dos grupos de convivencia estable.
3. Archivos: prestarán sus servicios de manera presencial o por vía telemática, mediante solicitud y petición que será atendida por el personal técnico. Podrán realizarse actividades presenciales en los archivos que estarán sujetas a un aforo máximo del 50% para cada una de sus salas y espacios públicos.
4. Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas: Aforo máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia. Las entradas serán numeradas y los asientos estarán preasignados.
5. En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los previstos en el párrafo anterior podrán desarrollar su actividad de acuerdo con las siguientes reglas y límites de aforo: aforo máximo de 1/3, con un límite máximo de 100 personas en espacios cerrados y 200 personas en espacios al aire libre.
6. Congresos, encuentros, reuniones de negocios, eventos y actos similares: se recomienda su celebración de forma telemática. No obstante, si se celebran presencialmente el aforo máximo será de 1/3, con un límite máximo de 150 asistentes.
Adjuntos: