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Nota informativa: Modificación de restricciones en el nivel de Alerta 22021-06-11 09:00:48Avisos/Información General
El BOCYL del 11 de junio publica el Acuerdo 60/2021, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Continuamos en el nivel de alerta 2, actualizándose las siguientes restricciones que estarán en vigor desde hoy viernes, 11 de junio.
1. En los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales: aforo máximo del 75%.
2. En los centros o parques comerciales: aforo del 50%.
3. Mercados en la vía pública, ferias comerciales al aire libre: aforo del 75%.
4. Hostelería y restauración: Se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos la 02:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01:00 horas.
5. Casas rurales y las viviendas de uso turístico: El número de personas alojadas será de un máximo de 12 personas pudiendo estar integradas por un máximo de tres grupos de convivencia estable. Si las personas alojadas conforman un único grupo de convivencia estable, el aforo será el que tenga autorizado el establecimiento.
6. Discotecas y salas de fiesta: para consumo en el interior del local podrán estar abiertas siempre que no se supere el 1/3 del aforo. Los pubs, karaokes, bares especiales y otros, no podrán superar el 75% del aforo en mesas en las salas de hasta 40 clientes y del 50% en las salas de más de 40 clientes. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas. El horario de cierre será las 02:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01:00 horas.
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