• 2024-06-13 09:26:36
    Info General

    Buenos días,


    Se publica a efectos informativos el mapa sobre el estado de riesgo de incendios JUEVES 13 JUNIO 2024.


    Informamos que desde el SÁBADO 1 JUNIO 2024  no se pueden realizar quemas.

    En el caso de que se vaya a realizar alguna actividad que entrañe riesgo de incendio se debe realizar una declaración: https://app.infoex.info/requests/info/epa



    En el caso de que se vaya a realizar alguna actividad que genere una FALSA ALARMA, se de debe realizar una declaración responsable:  https://app.infoex.info/requests/add?slug=avi&t=1717484835



    EL MAPA DE RIESGO DE INCENDIOS SE PUBLICA A EFECTOS INFORMATIVOS 


    (RECORDAMOS QUE YA NO SE PUEDE QUEMAR HASTA 20 OCTUBRE 2024).




    A partir del SÁBADO, día 1 de junio de 2024, entra en vigor la declaración del INFOEX de ÉPOCA DE PELIGRO ALTO DE INCENDIOS (EPA), por lo que recordamos e informamos, aunque estas competencias sean autonómicas, que queda PROHIBIDO REALIZAR QUEMAS y  por otro lado, si se realizan actividades que entrañen riesgo de incendio DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA ACTIVIDADES CON RIESGO DE INCENDIO FORESTAL , se debe comunicar mediante declaración responsable en la página web:  https://app.infoex.info/requests/info/tpb


    Como puede comprobarse, las novedades al respecto de regulación vigente de la anterior Orden de EPB son las siguientes:
    • Usos y actividades autorizables o permitidos que pasan a estar prohibidos: quemas prescritas, piconeras, quemas de restos vegetales (a excepción de parcelas en regadío) y las hogueras y barbacoas en suelo rústico y espacios abiertos de núcleos urbanos sitos en zona de influencia forestal.

    Para la preparación de alimentos en terreno forestal y zona de influencia: exclusivamente equipos de gas.
    • Actividades sujetas a autorización:  carboneras y fuegos artificiales (autorización de Entidad Local)
    • Actividades sujetas a declaración responsable, en terreno forestal y zona de influencia forestal (400 m):

    §  Maquinaria sobre orugas o cadenas.

    §  Maquinaria con cuchilla, pala o traílla.

    §  Maquinaria con percutores, cazos, ripper y análogos.

    §  Uso de equipos de corte de metal (radial o amoladora) o soldadura.

    §  Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.

    §  Tractores con grada de discos o desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas.

    §  Procesadoras, taladoras, cizalladoras, skidders, autocargadores y astilladoras.

    §  Servicios profesionales con uso de motosierra o motodesbrozadora con disco metálico, o grupos de 3 o más personas con utilización conjunta de dichos equipos.

    §  Cosechadoras, segadoras o empacadoras.
    • Actividades sujetas a comunicación previa: quemas de restos en microexplotaciones agrarias en regadío; actividades que provoquen columnas (pozos de sondeo, obras puntuales, etc...)

    Dado que, en el ámbito competencial propio de ese Ayuntamiento, pueden realizarse actividades de las anteriormente mencionadas, durante la ejecución de contratos de obras, servicios, encargos o actuaciones de ejecución directa, desde esta Dirección General

    se recuerda que los procedimientos de autorización, declaración responsable y comunicación previa, pueden realizarse telemáticamente desde la web infoex.info (INFOEX | Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales), donde puede consultarse, además, el índice

    de riesgo, en función del cual deben intensificarse los medios (equipos de extinción de incendio incipiente) y precauciones (horario hábil, modo de ejecución) que deben tomarse.







    Adjuntos: