• 2020-10-16 22:31:12
    Cultura



    La Junta de Castilla y León ACUERDO 71/2020, de 15 de Octubre.

    ACUERDA:

    - No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros.
    En ningún caso se podrá fumar en terrazas, veladores o similares.

    - Reuniones de carácter social o familiar.
    La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier
    actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios
    públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.

    - El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas.

    Tanto en el interior de los locales como
    en las terrazas al aire libre deberá garantizarse
    una distancia mínima entre mesas o
    agrupaciones de mesas de 1,5 metros,
    con un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de ellas.

    El presente acuerdo tendrá efectos desde las 00:00h. del 17 de octubre de 2020.

    Normas de obligado cumplimiento.




    Adjuntos: