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Regulación del uso obligatorio de mascarillas.2020-05-20 15:03:05Sanidad
Desde el día 21 de mayo de 2020 y mientras dure el vigente estado de alarma y sus posibles prórrogas será OBLIGATORIO el uso de cualquier tipo de mascarilla (preferentemente higiénicas y quirúrgicas) que cubra nariz y boca, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, en:
• la vía pública,
• espacios al aire libre,
• cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
Quedan obligadas a ello las personas de seis años en adelante, salvo en los siguientes supuestos:
a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presente alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Aunque no se regula el uso obligatorio de mascarillas para edades entre 3 y 5 años, las autoridades sanitarias aconsejan su uso en esas edades.
Normativa reguladora publicada en el BOE el miércoles 20 de mayo de 2020:
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/20/pdfs/BOE-A-2020-5142.pdf
Adjuntos: