• 2023-08-09 12:56:02
    Info General

    AMPLIACIÓN ALERTA POR RIESGO METEOROLOGICO EN CASTILLA Y LEÓN


    Declarar la prolongación de la situación de ALERTA por riesgo
    meteorológico de incendios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León el 10 de agosto.
    Las medidas extraordinarias a adoptar durante este día son las siguientes:
    • Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios
    abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas
    habilitadas para ello.
    • Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas
    autorizadas.
    • Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan
    otorgado.
    • Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión
    de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
    • Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo
    circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración,
    chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
    • El módulo de parada de las cuadrillas de tratamientos selvícolas
    preventivos se incrementará a nivel D (8 horas) y el de las unidades de
    brigada y autobomba (UBA) se incrementará a nivel E (10 horas).
    Se exceptúa de estas prohibiciones el uso de esa maquinaria en actuaciones de
    emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de
    infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural,
    telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los
    Servicios Territoriales de Medio Ambiente previamente y se realicen conforme a
    las medidas establecidas por éstos. Las empresas extremarán la precaución,
    contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier
    conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.
    Esta resolución produce efectos desde las 0.00 horas del 8 de agosto hasta las
    23.59 horas del 9 de agosto.
    Sin perjuicio del plazo de efectividad establecido en el artículo anterior, esta
    resolución se publicará en la página web de la Junta de Castilla y León y en el
    Boletín Oficial de Castilla y León.