• 2020-10-28 20:02:25
    Info General

    COMUNICADO AYUNTAMIENTO: MEDIDAS ESPECIALES DECRETADAS POR SANIDAD.

    Desde el Ayuntamiento de Villamalea emitimos un nuevo comunicado tras recibir en la tarde de hoy 28 de Octubre de 2020 RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD POR LA QUE SE DECRETAN MEDIDAS ESPECIALES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA PARA LA CONTENCIÓN DE LA EXPANSIÓN DE LA COVID-19 EN LA LOCALIDAD.

    Visto por parte de la Consejería la evolución del foco declarado, ha considerado procedente adoptar las medidas propuestas por el Servicio de Salud Pública, con el objeto de salvaguardar el interés público y evitar la expansión del brote.

    La tasa de incidencia acumulada en la pasada semana con 30 casos confirmados, indica una tendencia ascendente por lo que el municipio de Villamalea se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria, lo que exige la adopción de medidas de Nivel 3 complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

    La Delegación Provincial de Sanidad,
    RESUELVE

    PRIMERO.- ACORDAR LAS SIGUIENTES MEDIDAS ESPECIALES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA PARA LA CONTENCIÓN DE LA EXPANSIÓN DEL COVID-19 EN LA LOCALIDAD DE VILLAMALEA (ALBACETE), las cuales son obligatorias y de aplicación inmediata desde la fecha de su firma.
    1.- Inspección municipal.
    - Los servicios de inspección, autonómicos y municipales, llevarán a cabo una exhaustiva revisión e inspección en los establecimientos públicos para garantizar el cumplimiento de las normas de higiene (generales y específicas de COVID-19).
    - Control de disponibilidad de gel hidro-alcohólico, jabón y agua en los establecimientos públicos.
    2.- Educación sanitaria.
    - Distribución de carteles informativos sobre medidas de prevención frente al COVID-19 en establecimientos públicos y lugares estratégicos.
    - Difusión de mensajes y recomendaciones.
    - Uso obligatorio de mascarillas según lo establecido en la normativa.
    3.- Consideraciones Generales sobre Relaciones sociales.
    - Limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia estable (GCE).
    - Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer a un Grupo de convivencia estable (GCE).
    - Actividad física: Valorar el establecimiento de un horario preferente para personas mayores de 70 años.
    - Vigilancia sobre el cumplimiento de las medidas generales adoptadas previamente por la Consejería de Sanidad para toda la comunidad autónoma.
    4.- Actuaciones sobre locales de ocio
    - Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
    - Se suprime el servicio de barra en todos los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 30 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.
    - Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
    - Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
    - Cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares a las 23:00 horas.
    - Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
    - Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración, como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio abierto y 30 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
    - En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 30 por ciento del establecido.
    5.- Centros Socio-sanitarios
    - Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.
    - Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de prevención de posibles contagios).
    - No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
    - En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
    - Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-1.
    6.- Actividades religiosas de Ámbito social
    - Velatorios y ceremonias: un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
    - Centros de culto: limitación de ocupación a un 20 por ciento del aforo, con prohibición de cantar en el transcurso de las ceremonias y celebraciones religiosas.
    - Restricción del número de personas en eventos sociales, como bodas y bautizos: 25 personas máximo.
    7.- Consumo de alcohol
    - Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
    - El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
    8.- Medidas complementarias
    - Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
    - Suspensión de competiciones deportivas no federadas. Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.
    - Suspensión de la actividad en las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas)
    - Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada: disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento del habitual.
    - Cierre cautelar de Cines, teatros y auditorios.
    - Cierre cautelar de Bibliotecas y museos.
    - Se suspenderá la actividad presencial de congresos, seminarios, y actividades de índole similar.
    - Los hoteles sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.
    - En instalaciones deportivas de cualquier titularidad el aforo máximo será del 20 por ciento en espacios interiores y del 50 por ciento en espacios exteriores.
    - Cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.
    - Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25 por ciento de su capacidad.
    - Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre.
    - Cierre cautelar de parques, jardines y espacios públicos de características similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
    - En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del máximo.
    - Se limitará al 50 por ciento la ocupación de autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones
    9.- Seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara en casos concretos.
    10.- Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión del virus.
    11.- Recomendaciones:
    - Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
    - Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 6 personas incluyendo convivientes.

    SEGUNDO.- Todas las medidas reflejadas en este documento se aplicarán durante 14 días desde el momento de la firma de la presente resolución, con independencia de su publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas en este documento.

    Desde el Ayuntamiento hacemos un llamamiento a la calma, pues el Servicio de Salud ya está realizando los correspondientes protocolos para el seguimiento de los casos confirmados y sus contactos, con quienes se pondrá en contacto el centro de salud por mediación de los rastreadores. Pero debemos extremar las precauciones y es necesaria la colaboración y el comportamiento responsable por parte de toda la población, cumpliendo con todas las medidas sanitarias ya establecidas, así como con las dictadas en esta resolución.

    Con responsabilidad individual y todos unidos superaremos toda adversidad.
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