• 2023-11-01 12:01:31
    Economía

    ADJUNTAMOS: Resolución de 26/10/2023, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan, de forma anticipada para el año 2024 ayudas a la adquisición de viviendas en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico de Castilla-La Mancha en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.

     
    CONVOCATORIA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA POR JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN CASTILLA-LA MANCHA.



    1º.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

    Se facilitan ayudas a las personas jóvenes con escasos medios económicos para el acceso a una vivienda en régimen de propiedad localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño para contribuir al reto demográfico, entendiendo por tal el que posea una población residente igual o inferior a 10.000 habitantes a fecha 20 de enero de 2022.

    La convocatoria es en régimen simplificado de concurrencia hasta el agotamiento del crédito disponible en cada partida presupuestaria.

    DESTINATARIOS:

    Personas jóvenes, de 35 años o menos, con escasos medios económicos que pretendan el acceso a una vivienda en régimen de propiedad localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño para contribuir al reto demográfico, entendiendo por tal el que posea una población residente igual o inferior a 10.000 habitantes a fecha 20 de enero de 2022.



    2º.- CUANTÍA Y FINANCIACIÓN.

    La convocatoria esta dotada con un total de 3,6 millones de euros y destinada a que los jóvenes de hasta 35 años tengan más fácil la adquisición de vivienda en municipios menores de 10.000 habitantes. La cuantía de la ayuda será hasta 10.800 euros por vivienda y no puede superar el 20% de su precio de compra.

    El precio de adquisición debe ser igual o inferior a los 120.000 euros.



    3º REQUISITOS Y PERSONAS BENEFICIARIAS.

    a) No tener más de 35 años en el momento de solicitar la ayuda o en el momento de la suscripción del contrato público o privado de adquisición de vivienda, cuando ésta se realice antes de la publicación de esta convocatoria y a partir del 1 de enero de 2022.

    b) Haber suscrito a partir del 1 de enero de 2022, o estar en condiciones de suscribir, un contrato público o privado de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, incluido el supuesto de vivienda a edificar.

    c) Las rentas anuales de la persona solicitante deben ser iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) o 4 veces el IPREM si se trata de personas con discapacidad y de 5 veces cuando se trate de personas con discapacidad de alguno de los tipos especificados en la convocatoria.



    4º.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

    Desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria y hasta el 27 de marzo del 2024.



    5º.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

    A la solicitud, deberá adjuntarse:

    a) Documentación acreditativa de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representación.
    b) Copia de la escritura de compraventa de la vivienda o, en su defecto, copia del contrato privado de adquisición de la misma, si se hubiera formalizado el correspondiente contrato. Si no se hubiera formalizado el correspondiente contrato, copia del contrato de arras, precontrato u oferta vinculante, donde se aprecie claramente el precio de adquisición.
    c) En caso de adquirir una vivienda en construcción, autorizaciones y licencias que exijan la legislación vigente para su ejecución.
    d) Certificado de renta del ejercicio 2022, con código seguro de verificación, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de los ingresos de la persona solicitante, en el caso de no autorizar su consulta por el órgano instructor.


    Adjuntos: