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ORDENANZA ANIMALES DE COMPAÑIA2020-08-04 13:39:09Cultura
SE COMUNICA A TODOS LOS VECINOS QUE POR ORDENANZA MUNICIPAL DEL B.O. DE CACERES JUEVES 13 OCTUBRE 2011 TITULO II, CAPITULO II, ARTICULOS 7, 8 Y 9 LOS PERROS Y DEMAS ANIMALES DE COMPAÑIA QUE CIRCULEN POR LA VIA PUBLICA DEBERAN IR ATADOS Y TENER LA CORRESPONDIENTE IDENTIFICACION.
LAS OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO COMO RESPONSABLE DEL ANIMAL SERÁN EVITAR LAS DEPOSICIONES EN VIA PUBLICA Y SI NO SE PUDIERA DEBERAN RECOGERLA EN UNA BOLSA CERRADA Y DEPOSITARLA EN CONTENEDORES O PAPELERAS.
EL INCUMPLIMIENTO DE DICHA ORDENANZA TENDRÁ LA CONSIDERACION DE INFRACCION ADMINISTRATIVA SIENDO SANCIONABLES CON MULTAS RECOGIDAS EN LA LEY 10/1998