• 2024-06-07 13:50:00
    Info General


    La Diputación de Palencia convoca subvenciones mediante concurrencia competitiva a particulares para la financiación de gastos de alquiler, seguro e inmobiliaria de viviendas de titularidad privada destinadas al alquiler residencial.


    Acciones subvencionables:
    - El coste del seguro suscrito por los propietarios para las viviendas alquiladas, en el que se incluya la garantía del pago de la renta y/o los daños sufridos en la vivienda durante su alquiler.
    - El coste de los gastos derivados de la gestión del alquiler de la vivienda a través de una inmobiliaria.

    Se considerarán subvencionables los gastos efectivamente abonados entre el 1 de enero de 2024 y el 15 de diciembre de 2024.

    No se considerarán subvencionables los gastos de viviendas destinadas a alquiler turístico o a otros usos con un fin distinto del asentamiento de la población, ni tampoco las subarrendadas.


    Destinatarios:

    Las personas físicas o jurídicas que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

    a. Ser mayor de edad. En el caso de personas jurídicas el representante legal con poder bastante para suscribir contrato de arrendamiento en nombre de la persona jurídica a la que represente.
    b. Ostentar la propiedad/copropiedad de la vivienda objeto de la solicitud, que ha de ubicarse en municipios de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes.
    c. Ser titular de un contrato escrito de arrendamiento de vivienda en calidad de arrendador/a, en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 4 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, por un plazo igual o superior a un año.
    d. Que la vivienda que se alquile se destine a residencia habitual y permanente de los arrendatarios, y que el contrato de alquiler de la misma haya sido suscrito durante el año 2024.
    e. Que la persona arrendataria no tenga parentesco hasta el tercer grado incluido por consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora, o sea socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora.
    f. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el art. 13.2 LGS, en lo que le resulte de aplicación.
    g. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 LGS y en los artículos 22, 23 y 24 RGS.
    h. No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Palencia.


    Plazo de presentación: 7 de junio a 15 de diciembre de 2024.

    Lugar de presentación: 

    Tramitación electrónica
    Registro telemático de la Diputación de Palencia conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es.

    Tramitación presencial
    Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado “tramitación presencial”, pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

    Archivos adjuntos: bases de la convocatoria, solicitud y solicitud de abono

    Adjuntos: