• 2020-10-16 11:51:31
    Sanidad

    Publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León de 16 de octubre:

    ACUERDO 71/2020, de 15 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Acuerdo 46/2020, de 20 de agosto de la Junta de Castilla y León.
    (…)
    «1.4. Consumo de tabaco y asimilados.
    No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, cuando no se pueda
    respetar una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros.
    En ningún caso se podrá fumar en terrazas, veladores o similares.
    (…)
    «1.6. Reuniones de carácter social o familiar.
    La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.
    (…)
    «1. El aforo para consumo en el interior de los establecimientos a los que se refiere este apartado no podrá superar en mesa, el 75% del aforo en el caso de salas de hasta 40 comensales y del 50% en el caso de más de 40 comensales.»

    «2. El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa»

    «4. En todo caso, tanto en el interior de los locales como en las terrazas al aire libre deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de ellas.

    El presente acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del 17 de octubre de 2020.

    En el archivo adjunto se puede descargar el texto completo del Acuerdo 71/2020, que modifica el Acuerdo 46/2020




    Adjuntos: