• 2020-03-24 18:56:15
    Info General

    EL Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación dependiente de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, ha notificado a aquellos Ayuntamientos de la provincia cuya recaudación tiene cedida una Circular Informativa con la adopción de una serie de medidas fiscales de carácter urgente en el actual Estado de Alarma en todo el territorio nacional:
    Que DESDE EL 15 DE MAYO AL 17 DE AGOSTO DE 2020, ambos inclusive, tendrá lugar la recaudación en período voluntario, correspondiente al ejercicio 2020, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana, Rústica y de Características Especiales; el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y de otras Tasas y Precios Públicos locales de los Ayuntamientos de la provincia de Cuenca. Por tanto, se APLAZA EL ACTUAL PERIODO VOLUNTARIO DE COBRO QUE ESTABA FIJADO ENTRE EL 16 DE ABRIL Y EL 15 DE JUNIO DE 2020.
    A los contribuyentes que hubiesen DOMICILIADO dentro de plazo el pago de sus tributos, les serán cargados en cuenta el DÍA 6 DE JULIO DE 2020. A aquellos contribuyentes que NO tengan domiciliado el pago de sus recibos, se les enviarán a su domicilio, a través de Correos, los documentos cobratorios para que puedan hacerlos efectivos en cualquier oficina de las entidades bancarias colaboradoras.
    Los contribuyentes que deseen abonar sus recibos a través de internet pueden realizar el pago accediendo a la página pago de tributos: www.oarcuenca.es apartado CONTRIBUYENTES - PAGO DE TRIBUTOS. Los recibos puestos al cobro, tanto con domiciliación bancaria como para su pago por ventanilla en el Banco, podrán ser consultados y, en su caso, emitidos, a través de la misma web pero en el apartado CONTRIBUYENTES – EMISIÓN DE DUPLICADOS. Aquellos contribuyentes que NO dispongan de acceso a Internet, pueden solicitar la emisión de duplicados directamente en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación en los siguientes números de teléfonos: 969 240 183 y 969 240 293.
    Además, podrá solicitarse el fraccionamiento en el pago de recibos de un importe mínimo de 50€ y quedan suspendidas las gestiones administrativas del periodo ejecutivo o que tengan procedimiento de apremio, entre ellas los embargos por impago, mientras dure el actual Estado de Alarma.
    Toda la información podrá obtenerse en los números de teléfono citados anteriormente, dado que, como se recuerda a los vecinos, el Ayuntamiento de Villarta permanece CERRADO AL PÚBLICO por el R.D 460/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma a consecuencia de la pandemia COVID-19.