05-Febrero-2024 10:27
Se recuerda a los propietarios de fincas urbanas y rústicas que según lo establecido en los artículos 65 y 167 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, artículo 15.1 b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, en virtud de la aplicación del plan periurbano de prevención de incendios forestales de la localidad de Santibáñez el Alto y demás normativa sectorial, es obligación de los propietarios de todo tipo de terrenos, mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, conservación y limpieza, realizando los trabajos y obras precisas para conservarlos en condiciones que impidan la producción y propagación de incendios.
Por ello, se informa a los propietario de todas las fincas rústicas y solares urbanos que deben tenerlos limpios, con fecha límite del 15 de mayo de 2024