29-Mayo-2024 09:03
Con fecha de 23/05/2024 se ha publicado, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 99- 23-mayo-2024 (juntaex.es)), la ORDEN de 15 de mayo de 2024, por la que se establece la época de peligro alto de incendios forestales del Plan INFOEX en el año 2024, se regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las Medidas Generales y las Medidas de Autoprotección.
La Época de Peligro Alto (EPA) es aquella en la que, debido a las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de los incendios sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes, y comprende el período entre el 1 junio y el 15 de octubre.
La declaración de EPA conlleva, por un lado, el despliegue máximo de los medios adscritos al Plan INFOEX.
Por otro lado, la declaración de EPA conlleva una regulación más estricta de los Usos del fuego y Actividades de Riesgo, tal y como se muestra en el siguiente resumen:
Usos y actividades autorizables o permitidos que pasan a estar prohibidos: quemas prescritas, piconeras, quemas de restos vegetales (a excepción de parcelas en regadío) y las hogueras y barbacoas en suelo rústico y espacios abiertos de núcleos urbanos sitos en zona de influencia forestal.
Para la preparación de alimentos en terreno forestal y zona de influencia: exclusivamente equipos de gas.
Actividades sujetas a autorización: carboneras y fuegos artificiales (autorización de Entidad Local)
Actividades sujetas a declaración responsable, en terreno forestal y zona de influencia forestal (400 m):
* Maquinaria sobre orugas o cadenas.
* Maquinaria con cuchilla, pala o traílla.
* Maquinaria con percutores, cazos, ripper y análogos.
* Uso de equipos de corte de metal (radial o amoladora) o soldadura.
* Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.
* Tractores con grada de discos o desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas.
* Procesadoras, taladoras, cizalladoras, skidders, autocargadores y astilladoras.
* Servicios profesionales con uso de motosierra o motodesbrozadora con disco metálico, o grupos de 3 o más personas con utilización conjunta de dichos equipos.
* Cosechadoras, segadoras o empacadoras.
Actividades sujetas a comunicación previa: quemas de restos en microexplotaciones agrarias en regadío; actividades que provoquen columnas (pozos de sondeo, obras puntuales, etc...)
A PARTIR DE HOY, MIERCOLES, 29 DE MAYO, YA NO SE PUEDEN SOLICITAR PERMISOS DE QUEMA.
SE PUBLICA BANDO EMITIDO ANTERIORMENTE RECORDANDO QUE A PARTIR DE LA PRÓXIMA SEMANA EL AYUNTAMIENTO COMENZARÁ A INSPECCIONAR LAS FINCAS PRÓXIMAS AL CASCO URBANO Y REQUERIRÁ DE FORMA PERSONAL A LOS PROPIETARIOS PARA QUE, SI NO LO HAN REALIZADO, COMIENCEN LAS TAREAS DE DESBROCE Y LIMPIEZA DE SUS FINCAS.