Abierta la convocatoria de ayudas para el fomento y consolidación del empleo autónomo
VIGENCIA: hasta el 6 de junio de 2025.
Esta convocatoria además tiene efectos retroactivos, es decir podrán beneficiarse también quienes se hicieron autónomos/as después del 15 de febrero de 2024, aunque estas personas solo tendrán plazo de solicitud hasta el día 7 de agosto de 2024.
Se establecen 5 líneas de subvenciones:
- Programa I: ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
- Programa II: Ayudas a personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
- Programa III: Tarifa cero para nuevos autónomos.
- Programa IV: Ayudas a personas ocupadas que sean trabajadoras por cuenta ajena y que inicien una actividad como autónomas.
- Programa V: Ayudas a personas beneficiarias del programa I por mantener la actividad por un período adicional de 12 meses (a los 24 meses comprometidos inicialmente).
NOVEDADES en
Programa I : ayuda inicial de
9.000 € para mujeres desempleadas y para hombres con discapacidad que estén en desempleo /
7.500 € para jóvenes menores de 30 años, hombres mayores de 45 años, hombres parados de larga duración y personas cuya actividad se desarrolle en municipios de menos de 5.000 habitantes. En este último supuesto, si el beneficiario/a está encuadrado en un colectivo prioritario, tendrá una ayuda adicional de
1.000 €.La ayuda inicial será de
6.000 € para el resto de los colectivos, si bien se añadirá un plus de
1.500 € para l@s autónom@s que adquieran un negocio por relevo generacional.
NOVEDADES en
Programa III: Tarifa cero para nuevos autónomos.
Se trata de una subvención de
1.920 € (costes de la Seguridad Social por un período de dos años) a mujeres desempleadas que se hayan incorporado al RETA o mutualidad alternativa en el plazo de un año desde el nacimiento o adopción de un hijo o una hija, y también a personas desempleadas menores de 36 años que se establezcan como autónomas.
La subvención será de
960 € (un año de costes de la seguridad Social) para las personas que se hayan incorporado al RETA o mutualidad alternativa.
NOVEDADES en
Programa V: Ayuda de
2.500 € si el trabajador autónomo se compromete a mantener su actividad durante 36 meses, es decir, 12 meses adicionales a los 24 que se exigen a los beneficiarios del programa I.
Por tanto las ayudas están entre los
6.000 y los 15.920 €.Para más información, tramitación y planes de viabilidad: Agencia de desarrollo de este Ayuntamiento.También está toda la información de cada línea en este enlace:
https://www.extremaduraempresarial.es/2024/06/07/abierta-la-convocatoria-de-ayudas-para-el-fomento-y...