¡QUEMA AGRÍCOLA!
Ya se pueden presentar las comunicaciones y solicitudes de autorización para quemas, ya sea presencialmente en las oficinas municipales o a través de la aplicación web de usos del fuego. La comunicación debe hacerse con al menos 7 días hábiles de anticipación a la fecha de la quema. En los lugares donde ya se haya presentado la “Comunicación de quema de residuos vegetales sin continuidad especial” en los dos años anteriores, no será necesario enviar una nueva comunicación, pero se deberán cumplir con todas las condiciones y requisitos establecidos en la ORDEN MAT/1231/2024, de 10 de octubre. Aunque no se requerirá presentar la notificación anterior, la Administración puede verificar su cumplimiento. Sin embargo, sí es obligatorio presentar la comunicación para la quema de restos de poda de olivo y ribazos (anexos II y IV). En cualquier caso, es necesario consultar el índice de riesgo por uso del fuego. |
Agricultura y Ganadería 21-Octubre-2024 13:25
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