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Ayudas a Empresas, Autónomos/as y Pequeñas empresas - Reactiva Innovación y Transformación Digital Normas reguladoras \"Reactiva Innovación, Transformación Digital Pymes\" para la concesión de ayudas destinadas a las Empresas, Autónomos/as y Pequeñas Empresas, de municipios de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la Provincia de Cáceres. Beneficiarios/as. Las Empresas, los/as autónomos/as y profesionales de la provincia de Cáceres, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos: Tener el domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en municipios de menos de 20.000 habitantes de o entidades locales menores de la provincia de Cáceres. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. No encontrarse incurso/a en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS. Tener una plantilla inferior a 50 trabajadores/as. BASE SEGUNDA. - GASTOS SUBVENCIONABLES. Se considerarán gastos subvencionables aquellos realizados desde el 14 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor del estado de alarma y hasta el 14 de marzo de 2021, consistentes en la adquisición y, en su caso, instalación de los tipos de equipos o bienes que se relacionan a continuación, todos ellos de carácter inventariable y no fungibles ni desechables, destinados de forma indubitada a la implantación de medidas para la innovación y transformación digital de las empresas, así como la implantación de medidas que faciliten el teletrabajo 1. Serán subvencionables las actuaciones de mejora competitiva en base a la digitalización tanto de los procesos productivos como de los procesos comerciales y posteventa mediante la implantación, entre otras de: Tecnologías de ciberseguridad. Teletrabajo y teleasistencia. Monitorización remota. Automatización. Robótica colaborativa, realidad virtual y aumentada, fabricación aditiva, inteligencia artificial, big data. Cloud computing. 2. Serán subvencionables los gastos en inversiones de equipamiento y en sofware específicos que sean necesarios para conseguir la digitalización, entre otros de: Ordenadores. Tablets. TPV. PDAS. Almacenamiento externo. Licencias software. Amplificadores o repetidores de seña WIFI. Máquinas para crear o reproducir piezas o maquetas volumétricas a partir de un diseño hecho por ordenador. Más información en el archivo adjunto.

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Info General 25-Noviembre-2020 13:52