La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza queda fijada por la utilización de los siguientes espacios públicos:
a) Salón y bar del Hogar de Mayores: treinta euros el día (30,00 € /día).
b) Zona de bar-cafetería de la Piscina Municipal, excepto durante su explotación durante la temporada de verano: setenta euros el día (70,00 €/día).
https://www.dip-badajoz.es/bop/ventana_anuncio.php?id_anuncio=121552&FechaSolicitada=2019-09-05
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Info General 06-Septiembre-2019 09:09
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