Hoy entra en vigor la RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se establecen medidas de salud pública aplicables en Extremadura:
◼Ocio nocturno:
- Cierre Total de discotecas, salas de baile y bares de copas con categoría especial y de todas sus actividades (LICENCIAS TIPO E y F).
◼ Hostelería y Restauración:
- Distancia mínima entre personas de 1,5 metros en la barra y entre mesas.
- Máximo de 10 personas por mesa.
- Admisión de clientes hasta las 00.00 horas y cierre a la 01.00 en todos los casos incluidos veladores.
◼Consumo de alcohol en vía pública:
- Se reforzarán los controles policiales para impedir el botellón en la medida de lo posible, debido a la falta de efectivos que puedan prestar servicios durante diferentes turnos.
◼Eventos y actividades multitudinarias:
- Se deberá realizar previamente una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria, y contará con autorización del gobierno autonómico.
◼Consumo de tabaco:
- No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al arire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de 2 metros. Se aplica también a pipas de agua, cachimbas o asimilados.
◼Centros sociosanitarios:
- PCR a todos los nuevos ingresos con 72 horas de antelación como máximo, y a los nuevos empleados y los que regresen de vacaciones.
- Se limitan las visitas a una persona por residente y limitar al máximo las salidas.
◼Cribados con PCR:
- En caso de brote, se realizarán cribados con PCR a aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas: barrios, bloques de viviendas, centros educativos, colectivos vulnerables, residencias…
◼Otras recomendaciones:
- Limitar los encuentros fuera del grupo de convivencia.
- Encuentros sociales limitados a un máximo de 10 personas.
- PCR periódicas a los trabajadores de los centros sociosanitarios.
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Cultura 18-Agosto-2020 12:05
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