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Medidas de limitación de circulación durante la vigencia del Estado de Alarma

Info General

15-Marzo-2020 10:40

Imagen de evento

Solo se podrá circular por las vías de uso público para: ► Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad ► Asistencia a centros sanitarios ► Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial ► Retorno al lugar de residencia habitual ► Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables ► Desplazamiento a entidades financieras ► Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad ► Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada Deberán respetarse siempre las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias. #EsteVirusLoParamosUnidos