RESPECTO A LA ATENCIÓN DE HUERTOS DE AUTOCONSUMO Y PARTICULARES.
A día de hoy, como nos indica la Guardia Civil, cumpliendo con el Real Decreto 463/2020, están vigentes las limitaciones de desplazamientos hasta el 26 de abril al menos. Por eso sólo se permite acudir a los huertos en estos casos:
➡️ Si eres agricultor o ganadero profesional
➡️ Si la huerta está en la misma parcela que el domicilio habitual, sin tener que acceder a la misma por una vía pública
➡️ Para alimentar animales que se encuentren en esa huerta.
En caso de que nos comuniquen algún cambio de instrucción al respecto lo publicaremos lo antes posible.
#Quédateencasa #EsteVirusloParamosUnidos
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Información general 18-Abril-2020 20:36
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