DECRETO 22/2021, de 12 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Artículo 1: Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. · Las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno quedan fijadas, respectivamente, a las 23:00 y a las 06:00 hora. Artículo 2: Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios privados. · La participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas en domicilios y espacios de uso privado queda limitada a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia. Artículo 3: Limitación de la movilidad territorial. · La movilidad territorial queda limitada en los términos fijados en el apartado 1.1 del de la Orden comunicada de la Ministra de Sanidad de 11 de marzo de 2021, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo del puente de San José y de la Semana Santa de 2021, cuyo contenido incorpora el del Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19. Archivos adjuntos: |
Info General 15-Marzo-2021 13:42
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