De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, en nuestro caso una Ordenanza Municipal sobre terrazas en vía pública en el municipio de Castromonte, es preceptivo con carácter previo a la elaboración del proyecto recabar la opinión de los vecinos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma durante un periodo de 20 días.
Para más información, os adjuntamos un documento informativo.
Gracias por participar