Ha fallecido Dña. María Luisa de la Puente Herrero
Ha fallecido Dña. María Luisa de la Puente Herrero
Ayer a las 10:35
Defunciones
En la mañana de hoy, 17 de enero de 2025, en la Notaría de Villalpando, con la firma del gerente-ecónomo del Obispado de Zamora, José Manuel Chillón, y el Alcalde de Villalpando, José Emiliano de la Puente, se ha plasmado en escritura pública el acuerdo alcanzado entre la Diócesis de Zamora y el Ayuntamiento de Villalpando para la cesión a este último de la propiedad de la Iglesia de Santa María La Antigua, uno de los monumentos más significativos que se conservan de Villalpando y un referente de la arquitectura mudéjar en la provincia de Zamora.
La cesión del monumento supone un paso más en la aspiración del Ayuntamiento de Villalpando de mejorar la conservación y avanzar en la consolidación definitiva de los restos del viejo edificio, para su posterior rehabilitación integral, para lo cual resulta indispensable la implicación y colaboración económica de otras administraciones
La iglesia de Santa María la Antigua ocupa el ángulo Noroeste del primer recinto amurallado de la villa de Villalpando, cuya construcción se ha datado en torno a la década de 1160, momento en que se produjo la repoblación de Villalpando y el levantamiento de la cerca.
Con el paso del tiempo la Iglesia de Santa María La Antigua acabó por convertirse en la iglesia más importante de Villalpando, al irse incorporando a ella el resto de las parroquias del pueblo que fueron perdiendo esta condición.
Lamentablemente en 1933 se vino abajo gran parte del templo, lo que no impidió que fuera declarada Monumento Histórico-Artístico Nacional dos años después, por Orden Ministerial de 28 de marzo de 1935. Afortunadamente se salvaron del desastre la cabecera, el muro Norte, la torre y la portada, parte de lo cual ha sido restaurado en los últimos años.
La iglesia de Santa María estaba compuesta por tres naves, separadas por arcos de medio punto que apoyaban sobre pilares de sección cruciforme. Remataba el conjunto una cabecera triple de capillas semicirculares precedidas de amplios tramos rectos. En la esquina Noroeste se eleva la torre adosada a la vieja muralla de la villa y que será objeto de una próxima intervención del Ayuntamiento para frenar su progresivo deterioro.
17-Enero-2025 12:16
Cultura
El Ayuntamiento de Villalpando, en colaboración con la Diputación de Zamora y la Junta de Castilla y León, pretende llevar a cabo una promoción de viviendas de protección pública para su venta en primera transmisión.
Para ello resulta imprescindible conocer el número de personas interesadas en la promoción, para su posterior inscripción como demandantes en el Registro de Vivienda Pública de la Junta
de Castilla y León.
Por ello, y a efectos de conocer la posible demanda existente, solicitamos que quien tenga interés en acceder a una de estas viviendas rellene el formulario que aparece en el siguiente enlace:
https://forms.gle/CXiYE3GRsCGMCZHn9
La participación en este formulario no implica la inscripción en el programa de acceso a una vivienda, tan solo expresar la voluntad de solicitarla cuando llegue el momento.
La vivienda de ejemplo en el cartel es un modelo, podrían considerarse otras más grandes o más pequeñas.
15-Enero-2025 17:17
Info General
¿Tienes una idea para el diseño del cartel de la Semana Santa 2025? Pues recuerda que sólo queda esta semana para presentarlo al concurso. Consulta las bases en el documento adjunto y envía tu propuesta.
13-Enero-2025 17:36
Cultura
El miércoles 8 de enero de 2025 pueden renovar el DNI en Villalpando
02-Enero-2025 08:00
Info General
Bases del concurso para la realización del cartel de Semana Santa 2025
25-Noviembre-2024 20:40
Fiestas populares
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas al alquiler de vivienda que tienen por finalidad facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso ubicada en la Comunidad de Castilla y León a sectores de población con escasos medios económicos.
En todo caso se exceptúan: los arrendamientos de las viviendas de protección pública de promoción pública, las promovidas o rehabilitadas al amparo de convenios suscritos entre la Junta de Castilla y León y las Corporaciones Locales, los arrendamientos de viviendas con opción de compra, los subarrendamientos y arrendamientos para usos distintos del de vivienda.
Se considera unidad de convivencia la persona o el conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de manera habitual y permanente y con vocación de estabilidad, y que estén empadronadas en la vivienda, con independencia de la relación existente entre todas ellas. Asimismo, se considerará unidad de convivencia en los casos de alquiler o cesión de uso de habitación la persona arrendataria o cesionaria que resida de manera habitual y permanente en aquella y con vocación de estabilidad, y que esté empadronada en la vivienda de la que forma parte aquella.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 2 de diciembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025
¿Qué requisitos debo cumplir?
a) Ser titular, en calidad de persona arrendataria, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o de un contrato de cesión de uso o de arrendamiento o de cesión de uso de una habitación.
Si la vivienda es de protección pública de promoción privada, el contrato de arrendamiento deberá estar visado previamente por el servicio territorial competente en materia de vivienda.
En ningún caso se admitirán contratos verbales.
b) Que la vivienda o habitación arrendada o cedida constituya, durante todo el periodo por el que se conceda la subvención, la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria.
c) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deberán contar con autorización de estancia o residencia en España.
d) Que la suma total de los ingresos anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o de cesión de uso, sean iguales o superiores a 0,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) e iguales o inferiores a 3 veces el IPREM.
Dicho umbral será de 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o víctimas de terrorismo y de 5 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
En el supuesto de alquiler o cesión de habitación no se incluirá al resto de personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda, solamente se considerarán los ingresos de la persona arrendataria o cesionaria.
e) Que la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda o habitación objeto del contrato de arrendamiento o de cesión de uso, sea igual o inferior a la cantidad en euros mensuales que se indica a continuación, en función de los ámbitos municipales en los que se encuentra dividido el territorio de la Comunidad de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden MAV/868/2022, de 11 de julio:
Ámbito municipal 1º → Renta/precio máximo mensual vivienda 550 €/mes, habitación 200 €/mes. Ámbito municipal 2º → Renta/precio máximo mensual vivienda 500 €/mes, habitación 175 €/mes. Ámbito municipal 3º → Renta/precio máximo mensual vivienda 450 €/mes, habitación 150 €/mes.
En el supuesto de familias numerosas o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%, así como en el caso de personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida, la renta o precio máximo mensual, que posibilita el acceso a la ayuda podrá alcanzar los siguientes importes:
Familias numerosas de categoría general
Ámbito municipal 1º → Renta/precio máximo mensual 700 €/mes. Ámbito municipal 2º → Renta/precio máximo mensual 600 €/mes. Ámbito municipal 3º → Renta/precio máximo mensual 550 €/mes.
Familias numerosas de categoría especial/ Personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%/ Personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida
Ámbito municipal 1º → Renta/precio máximo mensual 800 €/mes. Ámbito municipal 2º → Renta/precio máximo mensual 700 €/mes. Ámbito municipal 3º → Renta/precio máximo mensual 650 €/mes.
NO PODRÁ CONCEDERSE LA SUBVENCIÓN cuando el solicitante o alguno de los que tengan su residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato se encuentre en alguna de las situaciones que a continuación se indican:
a) Sea propietario o usufructuario de alguna vivienda en España. A estos efectos no se considerará que se es propietario o usufructuario de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad del titular o algún miembro de la unidad de convivencia.
b) Tenga parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda o habitación.
c) Sea socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora o cedente de la vivienda o habitación, exceptuando que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.
¿Para qué es la ayuda?:
La actuación subvencionable consistirá en subvencionar parcialmente la renta o precio mensual que deban satisfacer las personas beneficiarias por el alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación para destinarla a residencia habitual y permanente.
El periodo máximo subvencionable será de doce meses, comprendiendo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos incluidos.
Cuantía:
La cuantía de la subvención será el resultado de aplicar a la renta o precio mensual que satisfaga la persona beneficiaria por el alquiler o cesión de uso de su vivienda o habitación habitual y permanente, el porcentaje del 50 %. En el supuesto de personas jóvenes, el porcentaje será del 60 % de la renta o precio mensual que abonen por el alquiler o cesión de uso de su vivienda o habitación habitual y permanente. En el supuesto específico de compatibilidad con el Bono Alquiler Joven la cuantía será de hasta el 40 % de la diferencia entre la renta o precio mensual que deba satisfacer la persona beneficiaria, y la cuantía de 250€/mensuales correspondientes al Bono. En todo caso la suma de la subvención del Bono Alquiler Joven y de la subvención al alquiler o cesión no podrá ser superior al 75 % del importe de la renta o precio de la vivienda o habitación, en caso contrario se vería reducida en la cuantía necesaria. En el supuesto de personas jóvenes y cuya vivienda o habitación esté ubicada en un municipio situado en el ámbito municipal 3º, el porcentaje a aplicar será del 75%. En el supuesto de personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida será del 75%, dentro de la dotación presupuestaria destinada a este colectivo; superada dicha dotación, el porcentaje será el que resulte de aplicación para los supuestos anteriores.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la documentación indicada.
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de los documentos se requerirá a la persona interesada, mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
19-Noviembre-2024 14:39
Economía y empresas
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas, que tienen por finalidad fomentar la mejora de la accesibilidad, tanto en el ámbito urbano como rural de la Comunidad de castilla y León, facilitando la financiación para la realización de actuaciones en:
§ Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
§ Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva interviniendo en sus elementos comunes.
§ Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, interviniendo en el interior de sus viviendas.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024
¿Quién lo puede solicitar?
§ Personas físicas que sean propietarias o usufructuarias de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de su unidad de convivencia residente no excedan 5 veces el IPREM. (Ver "¿Qué requisitos debo cumplir?")
§ Comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
§ Personas físicas que sean propietarias o usufructuarias de las viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila deberán cumplir los siguientes requisitos:
§ Estar finalizadas antes de 2006.
§ Constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones.
§ Que los ingresos de la unidad de convivencia residente no excedan 5 veces el IPREM
Los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva deberán cumplir los siguientes requisitos:
§ Estar finalizados antes de 2006.
§ Que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
§ Que al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones.
No se tendrá en cuenta este requisito cuando se trate de un inmueble donde se encuentre el domicilio habitual de una persona con discapacidad física que debido a la falta de accesibilidad en las zonas comunes se encuentre confinado en su vivienda.
En este sentido, se entenderá por persona con discapacidad las definidas en el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, debiéndose acreditar, a los efectos previstos en el párrafo anterior, al menos, un grado reconocido igual o superior al 33% de discapacidad física con movilidad reducida.
Las viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva deberán cumplir los siguientes requisitos:
§ Estar finalizadas antes de 2006.
§ Que sea la residencia habitual y permanente de al menos una persona de la unidad de convivencia que tenga un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o sea mayor de 65 años.
§ Constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse a las subvenciones.
19-Noviembre-2024 14:28
Economía y empresas
La Junta de Castilla y León convoca ayudas para el apoyo de los emprendedores en los municipios de Tierra de Campos.
Bases publicadas en el BOCyL del lunes 4 de noviembre.
Mas información en el archivo adjunto.
07-Noviembre-2024 09:46
Economía y empresas
Normativa sobre conservación de caminos rurales municipales
31-Octubre-2024 14:20
Info General
Donde abrazan 2, abrazan 3
10-Octubre-2024 12:54
Asuntos sociales
Vuelve el cuentacuentos a la biblioteca
Todos los martes del curso escolar, comenzando el próximo día 15 de octubre, se desarrollará en la biblioteca municipal el cuentacuentos de 19 a 20 horas. Para participar en la actividad no es necesario inscribirse. Para más información pasa por la biblioteca o contacta en el 980660071 o en el correo bibliotecavillalpando@aytovillalpando.es
09-Octubre-2024 16:33
Cultura
Vuelve el club de lectura
Si quieres apuntarte a las reuniones aún quedan plazas. Se celebran todos los jueves de 18 a 19 horas y en ellas se comparten impresiones, emociones y experiencias sobre el libro que se está leyendo. Para más información y apuntarte pásate por la biblioteca o contacta a través del 980660071 o del email bibliotecavillalpando@aytovillalpando.es, y vente el próximo jueves 17 a inaugurar el curso con nosotros y con «El guardián de la torre de Babel» del autor zamorano José Carreño.
08-Octubre-2024 16:37
Cultura
Nuevos servicios de 4G y 5G en Villalpando
02-Octubre-2024 18:20
Info General
Nota informativa sobre los espectáculos taurinos populares celebrados en San Roque 2024
01-Octubre-2024 10:24
Cultura
Con motivo del cambio en la aplicación informática con la que veníamos trabajando, y siguiendo las directrices de la nueva plataforma de gestión tributaria con la que comenzamos en el día de hoy, os informamos de las nuevas pautas a seguir:
1.- CAMBIOS DE TITULARIDAD, ya no está disponible en la web de la Diputación de Zamora el formulario, por lo que cualquier variación de titularidad (alta, baja, o modificación), al ser un acto censal de vuestra competencia, deberéis enviarlo en el anexo I junto con el correspondiente padrón, y no enviar ningún documento por ventanilla única, dado que no se tramitará. SE DEBEN HACER EN EL AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTE DEL OBJETO A MODIFICAR
2- DOMICILIACIONES, el formulario ya no está disponible en la web de la Diputación de Zamora. Se podrán tramitar a través de la oficina virtual tributaria, o de forma presencial en las oficinas de este Servicio en Zamora y Benavente.
18-Septiembre-2024 08:23
Info General
Estimados vecinos.
CONSTITUCION DE COMISIÓN DE FIESTAS
Para poner en marcha lo comentado en la reunión previa sobre la festividad de San Roque, el Ayuntamiento y los Representantes de las peñas, acordaron constituir una COMISION DE FIESTAS, en la que formarán parte entre otros, las peñas de la localidad, para participar en la organizarcion de las actividades de dicha festividad y otras celebraciones a lo largo del año.
Para llevar a cabo esta tarea, es necesario contar con un registro actualizado de todas las peñas y sus participantes.
Por este motivo, solicitamos a cada peña que complete el formulario adjunto. En el caso de peñas compuestas por menores de edad, será necesario que un adulto actúe como representante legal y complete el formulario correspondiente.
Una vez recopilada esta información, se convocará a una reunión a las peñas, con el fin de elegir a sus representantes, quienes asistirán a las reuniones de la comisión para transmitir las propuestas y necesidades de los demás miembros, permitiendo así una mejor organización de los festejos a lo largo de todo el año.
Agradeceríamos que el formulario, debidamente cumplimentado, sea enviado a la dirección de correo electrónico: aytovillalpando@hotmail.com, o en el encale https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=7ruw1tl8YE285kpntUPirtK2gZm0xeBBlE2mZxzZs0JUME40...
Agradecemos de antemano su colaboración.
Un cordial saludo.
Excmo. Ayuntamiento de Villalpando
04-Septiembre-2024 13:30
Cultura
Se pone en conocimiento de los usuarios de las Instalaciones Deportivas Municipales, que se han puesto a la venta de los abonos anuales, en horario de oficina del ayuntamiento.
24-Junio-2024 13:40
Deporte
Las favorables condiciones climatológicas que se han venido registrando desde comienzo de año, con temperaturas muy benignas y precipitaciones periódicas, pueden favorecer la actividad de las garrapatas, ampliando su periodo de actividad y su multiplicación.
Frente al conjunto de enfermedades que pueden transmitir las garrapatas, las medidas de prevención son comunes y se basan en:
- Protección de las personas en riesgo, mediante el uso de uso de ropa y calzado como barrera para evitar su fijación, el uso de repelentes adecuados sobre la piel o sobre la ropa, autoexploración y pronta retirada de las fijadas
- Los profesionales sanitarios, además de reiterar los mensajes preventivos, han de retirar las fijadas mediate pinzas de boca fina, no aplicar de forma habitual la quimioprofilaxis antimicrobiana y comunicar los casos diagnosticados.
Para apoyar la difusión de las medidas preventivas, la Dirección General de Salud Pública ha editado carteles informativos, en documento adjunto
30-Mayo-2024 12:43
Salud pública
Desde Catastro se ha habilitado una nueva vía de comunicación entre el ciudadano y la Administración.
Se trata de una aplicación para dispositivos móviles, que cuenta con varias utilidades.
Mas información en el documento adjunto.
14-Mayo-2024 11:24
Info General
Informamos a nuestros usuarios de que, a partir de esta semana, la biblioteca municipal ajustará su horario. El nuevo horario de apertura al público será el siguiente:
HORARIO DE INVIERNO
Lunes: 16:00 a 21:00
Martes: 16:00 a 21:00
Miércoles: 11:00 a 14:30 y de 16:00 a 21:00
Jueves: 16:00 a 21:00
Viernes: 11:00 a 14:30
HORARIO DE VERANO (JULIO Y AGOSTO)
Lunes: 11:00 a 15:00 y de 16:00 a 21:00 (bibliopiscina de 18:00 a 20:00)
Martes: 11:00 a 15:00
Miércoles: 11:00 a 15:00
Jueves: 11:00 a 15:00
Viernes: 11:00 a 15:00
08-Mayo-2024 19:13
Cultura
Para acceder a la instalación, acércate primero al Ayuntamiento o al Bar El Arte. Allí podrás adquirir las fichas de acceso, a un coste de 5€ para 1:30 horas de uso.
28-Febrero-2024 17:34
Deporte
Horario de atención al público
Lunes, martes y jueves de 10:00 a 13:30 h.
Miércoles y viernes de 8:00 a 12:00
07-Febrero-2024 14:26
Servicios municipales
Horario
De lunes a viernes de 9:00 a 22:00 horas.
Sábados de 9:00 a 20:00 horas.
07-Febrero-2024 12:37
Servicios municipales
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 25 de enero de 2025 ha aprobado el calendario del contribuyente para el año 2024 de todos los tributos municipales de devengo periódico, ingreso por recibo y contraído previo a través de padrón:
- Del 10 de enero al 20 de marzo de 2024: Tasa de cementerio municipal. Año 2023.
- Del 5 de febrero al 5 de abril de 2024: Tasa por el suministro de agua potable, tasa de saneamiento y depuración y tasa por la recogida de basuras. Cuarto trimestre 2023.
- Del 10 de abril al 20 de junio de 2024: Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Año 2024.
- Del 6 de mayo al 5 de julio de 2024: Tasa por el suministro de agua potable, tasa de saneamiento y depuración y tasa por la recogida de basuras. Primer trimestre 2024.
- Del 9 de junio al 25 de agosto de 2024: Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Año 2024.
- Del 5 de agosto al 4 de octubre de 2024: Tasa por el suministro de agua potable, tasa de saneamiento y depuración y tasa por la recogida de basuras. Segundo trimestre 2024.
- Del 4 de noviembre de 2024 al 3 de enero de 2025: Tasa por el suministro de agua potable, tasa de saneamiento y depuración y tasa por la recogida de basuras. Tercer trimestre 2024.
01-Febrero-2024 11:10
Hacienda