Se prohíbe tirar restos de podas en la dehesa hasta que se habilite un sitio para tal fin.
Se prohíbe tirar restos de podas en la dehesa hasta que se habilite un sitio para tal fin.
19-Junio-2020 11:32
Info General
Se informa de que esta tarde, a partir de las 18:00 horas, estará Canal Extremadura grabando en directo en la piscina natural, para aquellos que deseen acudir o verlo desde casa.
18-Junio-2020 13:50
Info General
Toda la información en el documento adjunto.
17-Junio-2020 11:50
Info General
Se informa de que ese encuentran expuestas al público en el ayuntamiento las bases para un puesto de trabajo de Dinaminzador Sociocultural, durante 6 meses a media jornada. El periodo para inscribirse finaliza el día 23 de junio.
17-Junio-2020 11:45
Empleo
Aunque se impartirá en Hoyos, puede apuntarse desde cualquier localidad.
10-Junio-2020 12:30
Educación
Adjunto al bando la cartelería informativa del ingreso mínimo vital.
10-Junio-2020 10:54
Info General
Ha desaparecido Ikki, es el perro de Cirilo y de la Consuelo. Por favor, si alguien lo ha visto que se ponga en contacto con ellos. Gracias por la colaboración.
07-Junio-2020 19:27
Info General
A partir de hoy lunes, 1 de junio, ha comenzado la época de peligro alto de incendios. QUEDA PROHIBIDO: -La quema de restos vegetales, podas, desbroces.... -Barbacoas y cualquier tipo de hogueras en el campo. SOMETIDAS A DECLARACIÓN RESPONSABLE (con 15 días de antelación): -Corte con radial, amoladora o soldadora. -Trabajos con motosierra y desbrozadora con cuchilla cuando haya tres o más en el corte. -Grupos electrógenos y motores instalados en el campo. -Desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas. -Tractores con cuchillas, traillas o palas. -Orugas o máquinas de cadenas. -Astilladores y autocargadores en tránsito. -Procesadoras para extracción de madera. -Cosechadoras, segadoras, empacadoras y tractores agrícolas con grada de disco. Además se recuerda la necesidad imperiosa de limpiar de maleza y basura los solares y terrenos, sobre todo los que se encuentran en el casco urbano y zona periurbana.
01-Junio-2020 09:41
Medio Ambiente
Nuevo el plazo de presentación de solicitudes para las Cualificaciones profesionales de Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales y Atención sociosanitaria a personas en el domicilio. Se convoca el reconocimiento de la experiencia profesional. El DOE publicó la ORDEN de 9 de marzo de 2020 por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales de Atención sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales y Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. El procedimiento quedó paralizado debido al estado de alarma, pero el próximo lunes 1 de junio se reanudará el proceso a través del cual se convocan un total 300 plazas, distribuidas de la siguiente manera: • Atención sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales: 100 plazas. • Atención sociosanitaria a personas en el domicilio: 200 plazas. La solicitud deberá cumplimentarse de forma telemática y deberá imprimirse y firmarse, debiendo ser registrada conforme se establece en el artículo 9.1 de la convocatoria. El plazo para presentar la solicitud de participación en el procedimiento, será del 1 de junio hasta el día 19 de junio, ambos inclusive. Requisitos - Las personas que participen alegando experiencia laboral deberán justificar, al menos, 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de publicarse la convocatoria. Dicha experiencia laboral deberá estar relacionada con las realizaciones profesionales de la unidad de competencia a reconocer. -Las personas que participen alegando formación no formal deberán justificar al menos, 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de publicarse la convocatoria. El contenido de esa formación no formal deberá estar relacionado con las realizaciones profesionales de la unidad de competencia a reconocer, y en ningún caso se tendrán en cuenta jornadas, seminarios, o similares inferiores a 10 horas de formación.
29-Mayo-2020 12:13
Info General
Se informa de que ya se ha vuelto a poner en funcionamiento el servicio de podología que se estaba llevando a cabo en el albergue por parte de Nazaret Perales. En el documento adjunto o aparece el número de teléfono para coger cita.
28-Mayo-2020 21:19
Info General
Por iniciativa de una vecina del pueblo, y al no celebrarse este año las fiestas patronales, todas aquellas personas que lo deseen, pueden comprar un banderín de San Pantaleón para ponerlo en el balcón o en la ventana. El precio por unidad sería de 15€, pero creemos que si pedimos en cantidad, será un poco menos. En el precio no hay ningún beneficio para nadie, es decir, se va a cobrar por banderín lo que cobre la imprenta. Las personas interesadas en comprarlo, que pasen a apuntarse por el ayuntamiento.
28-Mayo-2020 20:12
Info General
En el documento adjunto se detallan los requisitos para acceder a la ayuda financiada por la Diputación de Cáceres
28-Mayo-2020 19:48
Urbanismo
Hoy, día 27 de mayo, a las 12 de la mañana, se guardará 1 minuto de silencio en la puerta del ayuntamiento, en memoria de todas las personas fallecidas a causa del COVID. Importante asistir con mascarilla.
27-Mayo-2020 08:53
Info General
Se informa de que desde el Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata se han publicado dos decretos de ayudas para intentar paliar los posibles efectos económicos negativos propiciados por el COVID-19. El primero de ellos va destinado a familias, y supone una cuantía importante de dinero para compra de alimentos. El segundo va destinado a pymes y autónomos que a consecuencia de la crisis sanitaria hayan tenido que cerrar su negocio o hayan visto mermados sus ingresos considerablemente. Estamos trabajando en una tercera línea, que irá destinada a generar empleo y que pondremos en marcha próximamente. Para más información y solicitud, pasar por el ayuntamiento.
23-Mayo-2020 09:43
Info General
Debido a la situación de crisis que estamos viviendo provocada por el Coronavirus, y no pudiendo garantizar la seguridad de las personas cuando se producen aglomeraciones, hemos tenido que tomar la difícil decisión de anular las celebraciones de San Pantaleón 2020. Sabemos que son unas fechas especiales para todos los villasbueneros y villasbueneras, pero por encima de todo está la salud y la vida de las personas, y no habría nada mejor que, que todos los que estamos aquí podamos celebrar San Pantaleón 2021. El dinero que estaba presupuestado para las fiestas se destinará a ayudas y empleo.
21-Mayo-2020 19:45
Info General
Según nos informa el (SEXPE) las demandas de empleo se renovarán automáticamente hasta el 30 de septiembre.
19-Mayo-2020 14:13
Empleo
Ante los rumores que están surgiendo en el pueblo, desde aquí quiero aclarar que a día de hoy sigue sin haber ningún caso confirmado de Coronavirus en el pueblo. Del mismo modo, debemos continuar tomando medidas de seguridad establecidas. En los próximos días se comunicará oficialmente el uso obligatorio de mascarillas en espacios cerrados, en la vía pública si no mantenemos una distancia de 2 metros (algo que inconscientemente no solemos respetar porque después de tanto tiempo estamos faltos de caraba) y en el transporte público. No nos olvidemos de que el virus no ha desaparecido.
19-Mayo-2020 11:07
Info General
Buenos días villasbueneras y villasbueneros. Os informo de que la semana que viene se va a proceder a un nuevo reparto de mascarillas, en este caso son mascarillas reutilizables FFP2. Se entregará una por persona como ya se hizo anteriormente con las mascarillas quirúrgicas. Aprovecho la ocasión también para recordaros que el Coronavirus no ha desaparecido, sigue estando entre nosotros, por ello es muy necesario que aunque las medidas de confinamiento se vayan suavizando, sigamos cumpliendo con las pautas de seguridad, como por ejemplo mantener una distancia de 2 metros cuando nos reunamos con otras personas y/o utilizar mascarilla. Debemos evitar las aglomeraciones, os recuerdo que el número máximo de personas que pueden reunirse es de 10. También quiero informaros de que ya se puede viajar dentro de la provincia, y acudir a segundas residencias, por lo que es probable que en los próximos días veamos por el pueblo a personas que habitualmente o durante la cuarentena no han residido aquí, pero es algo que la ley contempla en esta fase 1 de desescalada, por lo que pido un llamamiento a la tranquilidad y a la responsabilidad de todos. Debemos hacernos a la idea de que poco a poco tenemos que ir volviendo a la normalidad, aunque sea difícil después de la situación que hemos pasado, no vivirlo con cierto temor o incertidumbre. Apelo como siempre a la responsabilidad colectiva y al sentido común, y sigo a vuestra entera disposición.
15-Mayo-2020 10:36
Info General
“La Parroquia de Nuestra Señora de la Consolación recomienda a aquellos que acudan a misa los domingos, festivos y misas de difuntos, vengan con tiempo suficiente para ser informados y distribuidos según el aforo y distancia permitidos, y siempre con mascarilla”
13-Mayo-2020 09:37
Info General
Ha aparecido este perro en el pueblo, si alguien lo reconoce, que se ponga en contacto con Fani.
11-Mayo-2020 11:17
Info General
El email enviado en el anterior correo de la agencia de empleo de Mancomunidad contenía una errata. El correcto es: empleo@sierradegata.es
08-Mayo-2020 13:24
Empleo
Desde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local de la Mancomunidad de Municipios Sierra de Gata se comunica que, toda persona interesada en recibir información detallada y periódica, así como resolución de dudas, relacionadas con ofertas de empleo, cursos, emprendimiento, ayudas y subvenciones, orientación laboral y otros temas de interés general, puede facilitar sus datos de contacto en el teléfono 927 51 45 83 Extensión 4, y correo electrónico: empleo@sierraegata.es. Asimismo, se ofrece un servicio de orientación laboral individualizada y la posibilidad de realizar talleres para la mejora de la empleabilidad. Te esperamos. LLámanos!
08-Mayo-2020 12:41
Empleo
AYUDA A TRABAJADORES POR CUENTA AJENA AFECTADOS POR UN ERTE OBJETO: Compensar de manera urgente a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la autorización de ERTEs. BENEFICIARIOS: Las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por la autorización de ERTEs , mediante el que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral y tengan reconocido por el SEPE el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo. REQUISITOS: a) Estar afectado por un ERTE solicitado con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma. b) Que el ERTE haya determinado la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de trabajo. c) Que el ERTE se haya sujetado a la normativa laboral vigente y demás normativa que resultare de aplicación, dictada con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma d) Que el beneficiario tenga reconocido el derecho al cobro de una prestación contributiva por desempleo a consecuencia de la suspensión temporal del contrato de trabajo o de la reducción de la jornada. e) Que la prestación por desempleo a que tenga derecho el beneficiario no alcance la cuantía del salario mínimo interprofesional f) Estar inscrito como demandante de empleo en el SEXPE. OBLIGACIONES. Con la resolución de concesión de las ayudas, las personas beneficiarias quedan sujetas al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la adquisición de la condición de beneficiario de la prestación contributiva por desempleo establecidas en la legislación vigente. IMPORTE: Se pagará mensualmente la diferencia entre la prestación contributiva por desempleo a que tuviera derecho y la cuantía del salario mínimo interprofesional mensual que estuviera vigente en cada momento. Tendrá derecho a la percepción de la misma en tanto tenga derecho al cobro de la prestación contributiva por desempleo reconocida. PLAZO PRESENTACIÓN: 2 meses desde el 12 de mayo (entrada en vigor del decreto que regula esta ayuda) o desde el reconocimiento del derecho a la prestación contributiva de desempleo, si fuese posterior. INCOMPATIBILIDAD. Estas ayudas son compatibles con la percepción de la prestación contributiva por desempleo reconocida al amparo del artículo 25 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Normativa Reguladora: Decreto-Ley 8/2020 de 24 de abril Órgano Gestor: Dirección General de Planificación y Evaluación de las Políticas Activas de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo. --
05-Mayo-2020 11:43
Info General
Ayudas directas para los Alquileres de viviendas ORDEN de 30 de abril de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. La presente norma tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual. La concesión de las subvenciones se acomodará al procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se considerará en situación de vulnerabilidad económica o social sobrevenida a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, a las unidades familiares que reúnan conjuntamente los siguientes requisitos: a) Que alguno de los miembros de la unidad familiar sea una persona obligada a pagar la renta de alquiler, y concurran en dicha persona alguna de las siguientes circunstancias: a.1) Pase a estar en situación de desempleo o expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del estado de alarma (14 de marzo de 2020). a.2) Desarrolle una actividad profesional o mercantil, individualmente o a través de persona jurídica, cuya apertura al público haya queda suspendida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. a.3) Desarrolle una actividad profesional o mercantil, individualmente o a través de persona jurídica, no incluida en el apartado a.2) anterior, y vaya a experimentar en el período impositivo 2020, debido a la reducción de la jornada de trabajo por motivo de cuidados o por cualesquiera otras circunstancias, una reducción de rendimiento neto de actividad profesional o mercantil superior al 40 %, con respecto al declarado en el período impositivo 2019. Si no hubiere desarrollado actividad profesional o mercantil en dicho ejercicio fiscal completo, el porcentaje de reducción se exigirá con respecto a la base imponible general del IRPF de 2019. b) Que los ingresos netos de la unidad familiar, de acuerdo con las letras c) y e) del artículo 3, no alcancen en el mes anterior a la presentación de la solicitud de subvención el límite general de 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (en adelante IPREM). No obstante lo anterior, este límite general se incrementará: b.1) En 0,1 veces el IPREM, por cada hijo a cargo en la unidad familiar, salvo que se tratase de unidad familiar monoparental, en cuyo caso el incremento aplicable será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo a cargo. b.2) En 0,1 veces el IPREM, por cada persona mayor de 65 años que sea miembro de la unidad familiar. Cuantía. El importe de la subvención, los criterios para su determinación y sus límites cuantitativos y porcentuales se acomodarán a lo establecido en la presente orden, en el Real Decreto 106/2018, de 9 marzo, por el que se regula el Plan Estatal de vivienda 2018-2021, y en la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
04-Mayo-2020 12:12
Info General
Buenos días villasbueneras y villasbueneros: Hace un año a estas horas, la mayoría de nosotros estábamos preparando comidas, mesas y sillas para disponernos a pasar un buen día con la familia y los amigos en la dehesa. Nada nos hacía suponer por aquel entonces que este año no sería posible. Aun así debemos estar contentos, ya que hoy muchos de vosotros vais a poder salir a pasear o a hacer deporte por primera vez después de muchos días. La dehesa no se va a mover de sitio, y lo importante es que el año que viene estemos todos, para celebrar con más ganas y más fuerza que el pueblo de Villasbuenas venció al Coronavirus sin dejar a nadie por el camino. ¡Ánimo vecinos que ya nos queda menos!
02-Mayo-2020 09:43
Info General